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El Gobierno aprueba la unificación de la Ley IPPC de contaminación

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El Consejo de Ministros de este viernes va a aprobar mediante Real Decreto Legislativo el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Más conocida en el sector energético y en la gran industria como Ley IPPC. Este es su borrador que presentó el año pasado el Gobierno y que no ha podido aprobar hasta ahora por mantenerse en funciones.

Dicha normativa, de obligado cumplimiento para las grandes fábricas (refinerías, químicas, agroalimentaria, metalúrgica, siderúrgica, etc) y centrales térmicas (carbón, ciclos y cogeneración), introduce el concepto de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) como referencia para establecer los Valores límites de Emisión (VLE). Es decir, las mejoras que tienen que hacer en las centrales y fábricas para contaminar menos.

También establece la Autorización Ambiental Integrada (AAI), que integra y coordina procedimientos y autorizaciones existentes, para lo que es imprescindible la plena coordinación administrativa de los organismos implicados en su concesión.

En definitiva, el objetivo de la misma reside en_ "evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación en su conjunto, mediante sistemas de prevención y control que eviten su transmisión de un medio a otro"._

El texto refundido es la integración en un texto único de todas las leyes que han modificado alguno de los artículos del texto original debidamente aclaradas y armonizadas. Sin incluir más modificaciones en la redacción de los preceptos que las que se derivan directamente de la integración de las normas con rango de ley objeto de refundición.

En el mismo, y de acuerdo con el mandato legislativo, se integran en la refundición de la Ley 16/2002, de 1 de julio; el Real Decreto-ley 5/2004, la Ley 1/2005, la Ley 27/2006, la Ley 34/2007, la Ley 42/2007, la Ley 40/2010, el Real Decreto-ley 8/2011,  y la Ley 5/2013, de 11 de junio.

Se ha procedido a integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas a la Ley 16/2002, de 1 de julio, a través de diversas Leyes modificatorias de la misma, que han dado una nueva redacción a determinados preceptos o han introducido nuevas disposiciones. Dichas Leyes son las siguientes:

  • La Ley 1/2005, de 9 de marzo, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que modifica el artículo 22.
  • La Ley 27/2006, de 18 de julio, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), que modifica los artículos 3, 14, 23, 27, disposición transitoria 2, anejo 1 y se añade el anejo 5.
  • La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, que modifica el artículo 22.2 y se suprime el artículo 25.3.
  • La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que modifica el segundo párrafo de la disposición transitoria 1.
  • La Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, que modifica el anexo 1.
  • El Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa, que modifica los artículos 11.2, 12.1 y 29.1.
  • La Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que modifica los artículos 2, 3, 4.1, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12.1, 14, 15, 19, 20.1, 21, 22, 23, 25, 27, 30, la disposición final primera, el anejo 1; se derogan las disposiciones adicionales primera y segunda; y se añade el artículo 22 bis, la disposición transitoria primera, segunda y tercera y la disposición final cuarta.

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