Este domingo 10 de abril finalizó el plazo para que las instalaciones de autoconsumo se inscribieran en el registro administrativo, tal y como prescribe la normativa. Ya se han registrado un total de 283 plantas (más de 500 MW), de las cuales unos 30 MW corresponden a fotovoltaica, y aunque no hay estadísticas oficiales, esto significa que alrededor de un 40% del autoconsumo solar en España es, a partir de ahora, ilegal.
Hace seis meses que se aprobó el [RD 900/2015](http://www.boe.es › BOE › 10/10/2015) que regula el autoconsumo en España con su polémico “impuesto al sol”, justo el tiempo que el Ministerio de Industria ha habilitado para la inscripción de todas las instalaciones existentes. Los autoconsumidores han apurado hasta el último minuto por diversas circunstancias, incluso se han inscrito instalaciones durante todo el fin de semana. Entre los días 7 y 10 de abril, se han registrado 20 de las 30 instalaciones por debajo de 10 kW apuntadas, y 79 de las 90 instalaciones que superan los 10kW. En el caso del Tipo 2, que corresponde principalmente a plantas de cogeneración, biogás y otras en los últimos cuatro días se han apuntado 120 de un total de 161.
Esta demora se debe, entre otras razones, a que el registro telemático de la web de Industria se activó hace tan solo dos meses, “por eso hemos solicitado que se amplíe el plazo transitorio para la inscripción”, señala José Donoso, director general de UNEF, a El Periódico de la Energía, “y no solo nosotros, hasta ocho comunidades autónomas (Valencia, Cataluña, Aragón, Extremadura, Castilla y León, País Vasco, Baleares y Castilla La Mancha), asociaciones ecologistas, empresariales y de consumidores, han pedido al Gobierno que dé una prórroga de seis meses más o incluso hasta finalizar 2016, como hemos hecho nosotros”.
Otra de las razones es la dificultad para entender cómo deben inscribirse, “porque como falta la publicación de los procedimientos para cumplir con las exigencias técnicas establecidas, está generando muchas dudas entre nuestros asociados”, añade Donoso, “además también falta una directiva que concrete cómo debe cobrarse la energía autoconsumida lo que provoca que cada distribuidora esté poniendo precios diferentes”.
Por el momento, y aunque se hablaba de un posible aplazamiento que no ha sucedido, habrá que esperar a la Comisión de Industria del Congreso de los Diputados el próximo 13 de abril donde diferentes fuerzas políticas han registrado varias PNL (proposición no de ley) para conseguirlo.
Sanciones millonarias
Pese a que el RD de Autoconsumo no especifica las sanciones para aquellos que no cumplan la normativa, sí lo hace el artículo 67 de la Ley del Sector Eléctrico 24/2013. Es decir, que a partir de ahora, los autoconsumidores no inscritos se quedan en una situación de ilegalidad, “con sanciones que pueden ir entre 6 y 60 millones de euros para los productores, con un límite máximo del 10% de la cifra de negocio de la infraestructura”, explica Daniel Pérez, abogado y socio de Holtrop S.L.P., “aunque si es un particular, hay un vacío legal porque no hace negocio con esa energía y por lo tanto, no se sabe cómo se le podría sancionar”.
santaklaus
12/04/2016