A punto de cumplirse dos años desde que se aprobó el Real Decreto de Autoconsumo 900/2015 mucho se ha intentado hacer por parte del sector fotovoltaico y de los partidos de la oposición para que se modificara esta normativa, incluso que se llegara a eliminar el impopular 'impuesto al sol'.
Según ha podido saber El Periódico de la Energía, pese a que el Ministerio no tiene ninguna intención de quitar el peaje de respaldo al autoconsumo eléctrico, se siente presionado para modificar algunas partes de la normativa y en los próximos meses "va a haber algún movimiento en este aspecto".
Fuentes del Ministerio han confirmado a nuestro diario que el Gobierno ya tiene varias propuestas encima de la mesa e incluso varios puntos de acuerdo respecto a éstas.
Pero ¿hasta dónde dejará Nadal que se estire la cuerda? Se está valorando simplificar y mejorar los trámites administrativos, que además son uno de los principales escollos del desarrollo del autoconsumo en España, incluso por encima del rechazo psicológico que supone el 'impuesto al sol', un peaje que no tienen que pagar las instalaciones menores de 10 kW de potencia, y que las que lo superan aún no lo han pagado, porque el Gobierno sigue sin ordenar el reglamento necesario.
Entre las opciones podrían recogerse algunas de las medidas que ya aparecen en el documento que UNEF envió al Ministerio hace dos meses, "Propuestas de simplificación y mejora del procedimiento administrativo y de las condiciones técnicas de conexión y medida de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico", como que el contador de generación se pueda instalar en interior de edificio y no en el punto frontera, no instalar contadores de generación para potencias menores de 10 kW o la simplificación en la exigencia de las protecciones, la barrera técnica por parte de las compañías distribuidoras al considerar que la instalación deberá añadir el criterio de desconexión por máxima tensión homopolar (59N).
Otra de las medidas que está estudiando Energía es al rebaja del tratamiento económico e impositivo de las instalaciones, como por ejemplo el Estudio de conexión y acceso, cuyo pago solo se realiza en caso de que la instalación supere los 10 kW de potencia.
Y por último, también se prevé que haya un pronunciamiento sobre la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el autoconsumo compartido. Sin embargo, según Piet Holtrop, abogado y socio de Holtrop SLP Transaction & Business Law, no cambiaría nada, porque "ahora mismo se puede poner en marcha una instalación de autoconsumo compartido sin modificar el Real Decreto de Autoconsumo para los tipos 1 y 2, cumpliendo el resto de la normativa, nos permite hacer autoconsumo compartido sin más". Más aún, "si las instalaciones de autoconsumo compartido se conectan en las redes interiores de los consumidores y éstos disponen de un dispositivo que evita el vertido instantáneo de electricidad a la red de distribución, no entrarían dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 900/2015, ni del Real Decreto 1699/2011 ni tampoco del Real Decreto 1955/2000", explica en el portal Energías Renovables.
En estos dos años, solo hay registradas en el Ministerio de Energía, 198 instalaciones de autoconsumo del Tipo 1, con potencia inferior a 10 kW, de un total de 831, si se incluyen las de la Sección 2 Tipo 1 y Tipo 2.
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