El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional la ley catalana que prohíbe el uso de la tecnología hidráulica ‘fracking’ en la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos, al entender que invade competencias del Estado.
Estima parcialmente un recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central contra la ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña de 2014, ha informado este lunes el TC en un comunicado.
El TC concluye que la autorización de la fracturación hidráulica con sujeción a requisitos técnicos y a la previa declaración de su impacto medioambiental son requisitos que establece el Estado, tanto por sus competencias en planificación económica como de régimen minero y energético, así como de protección del medio ambiente.
Según la legislación estatal, el ‘fracking’ debe usarse siempre que el proyecto cumpla determinados requisitos técnicos y medioambientales, mientras que la ley catalana lo prohíbe “con carácter absoluto en el territorio de Cataluña siempre que su utilización concierna cualquier ámbito competencial de la Generalitat”.