La semana pasada el Gobierno asestó un duro golpe a las eléctricas en forma de informe de Goldman Sachs tras el aviso al banco de inversión que las compañías sufrirán un recorte en la retribución de la distribución así como de la generación de renovables.
Pero éste no es el último ataque del Ministerio de Energía contra las grandes compañías. Según ha podido saber El Periódico de la Energía, el Gobierno ha abierto un procedimiento de lesividad para el interés público de la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016.
Se trata del paso previo para que la Abogacía del Estado recurra esa orden ante el Tribunal Supremo. Es decir, que el Gobierno reconoce que aprobó una retribución que no debía y ahora quiere enmendar el error y tratar de que las eléctricas les devuelva un dinero que ya han percibido.
Para ello se basa en informes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Este organismo, en su "Acuerdo por el que se propone la retribución a reconocer a las empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica para el ejercicio 2017" afirmaba que las compañías eléctricas habían percibido dinero de más por la lectura de contadores y equipos de medida.
Según explica el Gobierno en su procedimiento abierto, la cantidad de dinero que habrían cobrado de más por este concepto asciende a casi 5 millones de euros, a repartir entre las grandes eléctricas y las pequeñas distribuidoras.
Pero no se queda ahí la cosa. Por otro lado, la CNMC envía el pasado junio al Ministerio el "Acuerdo por el que se emite Informe sobre recursos de reposición contra la Orden IET/980/ 2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016".
En este acuerdo, la CNMC realiza un informe individualizado de los recursos de reposición presentados por las empresas a la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, valorando si se procede estimar determinadas cuestiones planteadas en los recursos y justificando el rechazo de aquellas consideraciones que, a juicio de la CNMC, no deben ser aceptadas.
Una de las cuestiones analizadas es la relativa a la consideración de los Elementos Totalmente Amortizados (ETAM) en el cálculo de la vida residual y, a este respecto, advierte que en la retribución incluida en la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, para aquellas empresas con más de 100.000 clientes conectados a sus redes, se procedió a descontar los elementos totalmente amortizados (ETAM) declarados en sus cuentas anuales a 31 de diciembre de 2014.
Y tal y como expone la CNMC "en el propio título del ANEXO VI de la Orden IET/2660/2015, para el cálculo de la vida residual únicamente deberían haberse considerado aquellas instalaciones de estas empresas distribuidoras que no hubieran superado su vida útil regulatoria, por lo que para dichas instalaciones no existiría ningún activo totalmente amortizado. Advertida dicha incoherencia en la metodología aplicada para este colectivo de empresas, debería valorarse la posibilidad de modificar la retribución contenida en la citada Orden IET/980/2016".
El Gobierno cree que ahora los activos de red ya amortizados no deben cobrar por su labor de distribución de la energía eléctrica. Se trata de una medida que afecta a muchos activos de red de las compañías eléctricas.
Fuentes del mercado han señalado a este diario que los principales afectados serán las compañías con más de 100.000 clientes que tengan ya amortizados todas sus inversiones. Estas mismas fuentes señalan a Iberdrola como el principal afectado por esta medida, seguido de Gas Natural y también Endesa, pero no tanto. Las que también se podrían ver afectadas son las pequeñas distribuidoras que por su antigüedad a tengan sus activos amortizados y dejen de ser remuneradas, algo que convertiría su negocio en una auténtica ruina.
Aunque es complicado cifrar el daño que puede perjudicar una medida de este calado, fuentes del mercado señalan que podrían ser cientos de millones de euros.
Fuentes jurídicas advierten a este diario que si el Gobierno ha decidido esto sobre la retribución a la distribución de ejercicios anteriores (2016) probablemente también lo haga para el ejercicio de 2017 y se lo quite también de la orden de peajes para 2018.
Ahora, las compañías afectadas tienen nueve días para alegar su defensa contra el procedimiento abierto. Tras ello, la Abogacía del Estado elevará el recurso contra la Orden en el Tribunal Supremo que tardará aproximadamente dos años hasta que se pronuncie al respecto.
Por tanto, las eléctricas no tendrían que devolver un euro a sus clientes hasta que el Alto Tribunal pronuncie su fallo, que podría hacerlo incluso a su favor y se quedase en nada. Pero lo normal es que para la orden de retribución de 2018 este error esté solucionado y ya afecte a las compañías.
Por tanto, la distribución eléctrica ya tendrá un recorte de distribución para el próximo año, además del que le espera para el periodo 2020-2025 anunciado por Goldman y que ya anunció el Gobierno en junio pasado.
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