La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) recomienda que se abra a la competencia el servicio de inspección periódica de las instalaciones de gas porque permitiría una “previsible reducción de los precios” respecto a las actuales tarifas reguladas.
Además, esta apertura mejoraría las condiciones del servicio de inspección para el consumidor, así como a una mayor flexibilidad a la hora de acordar una cita para la visita de los inspectores a la instalación, ha informado la CNMC.
En un informe, el supervisor concluye que existen fallos de mercado que podrían afectar a su correcto funcionamiento, por lo que propone que la apertura del mercado se acompañe de medidas adicionales que garanticen la seguridad y la calidad de las instalaciones inspeccionadas.
La regulación actual establece que las empresas distribuidoras de gases combustibles y suministradores de gases licuados del petróleo deben realizar cada 5 años una visita de inspección a las instalaciones receptoras conectadas a redes canalizadas.
El coste de estas inspecciones se repercute a los usuarios de las instalaciones y corresponde a las Comunidades Autónomas la regulación del precio que perciben los distribuidores por realizar tales inspecciones periódicas.
En concreto, la CNMC recomienda que los usuarios puedan contratar la inspección con un instalador autorizado de su elección, con libertad de precios.
En su opinión, esto permitiría trasladar al consumidor “las ventajas de la tensión competitiva existente actualmente en la subcontratación de los servicios de inspección por parte de las compañías distribuidoras o suministradoras”.
Adicionalmente, aboga porque las empresas instaladoras puedan acceder a la información de la que dispone cada distribuidor y porque se establezcan unos criterios transparentes y homogéneos para la fijación de las tarifas reguladas por las Comunidades Autónomas.
Para asegurar la seguridad en las instalaciones, recomienda revisar el criterio legal de actuación sobre la interrupción del suministro en casos de ausencia del titular o falta de autorización para acceder a las instalaciones, cumpliendo siempre plenamente las garantías para el usuario.