Estos coeficientes pueden estar basados en la potencia que tiene contratada cada participante, en la aportación económica realizada o en cualquier otro criterio previamente acordado. En todo caso, los coeficientes de reparto de la energía producida mediante autoconsumo deben cumplir dos condiciones: que su suma sea igual a uno y (hasta ahora) que sus valores sean fijos para todas las horas de un periodo de facturación.
La propuesta normativa que analiza la CNMC en su informe permite establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año (hasta por un periodo de 20 años). Estos serán establecidos con antelación y no podrán modificarse con una periodicidad inferior a un año. Además, también define los formatos de texto plano para su comunicación al encargado de la lectura, y fija un plazo de dos meses para la adaptación de los sistemas.
Un año
Por ello, la CNMC propone que en el plazo de un año se realicen los cambios normativos necesarios que permitan desarrollar las adaptaciones imprescindibles para que estén disponibles los coeficientes dinámicos de reparto ex post (basados en lecturas reales).
Así mismo la CNMC recomienda flexibilizar la propuesta, permitiendo cambiar los coeficientes de reparto de energía neta producida entre los participantes en el autoconsumo con una periodicidad inferior al año (para facilitar el alta y baja de integrantes del colectivo), y concretar la operativa de cambio de coeficientes de reparto.
Finalmente, la CNMC incide en la importancia de las medidas para la protección de los consumidores. Estas deben garantizar que sean informados de manera clara y transparente de los beneficios, de los costes y riesgos adicionales que implica participar en sistemas de autoconsumo colectivo.
1 comentario
A esto se le llama patada p’alante. Dentro de un año se verá.