Política energética

El Gobierno ajusta las primas a las renovables y cogeneración hasta 2028 tras rebajar el impuesto eléctrico

La propuesta de orden reduce en 112 millones de euros el coste previsto del régimen retributivo específico para 2026, hasta situarlo en 5.838 millones, y contempla nuevos parámetros para los dos ejercicios siguientes

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El Ministerio para la Transición Ecológica ha iniciado la actualización de los parámetros retributivos de las instalaciones de energías renovables, cogeneración y residuos acogidas al régimen retributivo específico para adaptarlos a la rebaja del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) aprobada por el Gobierno en el marco de las medidas para responder a la crisis de Oriente Medio. La modificación, que contempla nuevos valores para 2026, 2027 y 2028, supondrá una reducción de 112 millones de euros en el coste estimado de este régimen durante el presente ejercicio, que pasará de 5.950 millones a 5.838 millones.

La propuesta de orden ministerial, acompañada de su correspondiente memoria de análisis de impacto normativo, desarrolla el mandato incluido en el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, que estableció nuevas rebajas fiscales para la producción eléctrica y modificó el tipo de gravamen del impuesto para los próximos años. El objetivo es trasladar esos cambios a los parámetros utilizados para calcular la retribución regulada que perciben las instalaciones acogidas a este mecanismo.

En concreto, el real decreto-ley mantuvo las minoraciones de la base imponible del IVPEE aplicadas durante el primer semestre de 2026 y estableció una reducción del 30% para la producción eléctrica del tercer trimestre y del 40% para la del cuarto. Además, fijó un tipo impositivo del 3,5% para 2027 y del 0% a partir de 2028.

Para adaptar la retribución a estos cambios, la propuesta de orden toma como referencia un tipo impositivo medio equivalente del 3,85% para el conjunto de 2026, calculado a partir de los cuatro trimestres del ejercicio. Para 2027 incorpora el 3,5% previsto en el real decreto-ley y, para 2028, el 0%. Estos valores se trasladan a los cálculos de la retribución a la inversión y a la operación de las instalaciones tipo afectadas, así como a otros parámetros económicos vinculados a su régimen retributivo.

La fotovoltaica y la termosolar concentran los principales recortes

Las mayores reducciones previstas para 2026 se concentran en la energía solar fotovoltaica y la termosolar, así como en la eólica. En el caso de la fotovoltaica, la actualización recorta en 46 millones de euros la retribución a la operación, de modo que el coste anual estimado de esta tecnología se sitúa en 2.581 millones, frente a los 2.627 millones contemplados inicialmente.

La solar termoeléctrica registra una reducción de 22 millones en su retribución a la operación, hasta situar su coste previsto en 1.288 millones de euros, frente a los 1.310 millones anteriores. Por su parte, la eólica experimenta un ajuste de 38 millones en la retribución a la inversión, con lo que su coste estimado para 2026 desciende de 557 a 519 millones.

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También se contemplan reducciones de menor cuantía en otras tecnologías. La hidráulica reduce su coste en alrededor de un millón de euros, mientras que el biogás lo hace en dos millones y las instalaciones de residuos en tres millones. En conjunto, la memoria cifra en 43 millones el descenso de la retribución a la inversión y en 69 millones el de la retribución a la operación, hasta alcanzar una reducción total de 112 millones.

El ajuste afecta a un conjunto de instalaciones que suman 31,3 GW de potencia y cuya producción estimada asciende a 53.221 GWh. No obstante, la reducción no se distribuye por igual entre todas las tecnologías. De hecho, la estimación de costes para la cogeneración se mantiene en 795 millones de euros en 2026, la misma cifra que en los cálculos anteriores. La propuesta actualiza los parámetros que pueden verse afectados por la rebaja fiscal, mientras que el resto de hipótesis y valores utilizados en la Orden TED/53/2026, de 27 de enero, permanecen sin cambios.

Los nuevos parámetros se aplicarán desde julio

La modificación tendrá efectos económicos desde el 1 de julio de 2026 y, por tanto, se limitará al segundo semestre del ejercicio. Los ajustes correspondientes a los dos primeros trimestres ya fueron realizados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mediante una resolución aprobada el 25 de junio de 2026, en aplicación de las reducciones fiscales introducidas previamente por el Real Decreto-ley 7/2026.

La propuesta también actualiza los parámetros retributivos para 2027 y 2028, en línea con los tipos impositivos previstos para esos ejercicios. Según las estimaciones recogidas en la memoria, el coste del régimen retributivo específico se situaría en 5.529 millones de euros en 2027, 253 millones menos que en la previsión anterior, y en 5.274 millones en 2028, lo que supone un descenso de 377 millones respecto a los cálculos previos.

Estas cifras reflejan la reducción estimada del coste del régimen y no deben confundirse con un ahorro presupuestario directo para el Estado. La memoria sí cuantifica un efecto específico sobre las cuentas públicas en los territorios no peninsulares: el coste del régimen para estas instalaciones pasaría de 147,5 a 140 millones de euros en 2026. Dado que el Estado financia la mitad de ese coste, la aportación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado se reduciría de 73,7 a 70 millones, lo que representa un ahorro estimado de 3,7 millones.

La propuesta deja fuera de esta actualización a las instalaciones cuya vida útil regulatoria había finalizado antes del inicio del tercer periodo regulatorio, así como a determinadas instalaciones tipo de cogeneración, energías residuales y tratamiento de residuos que no tienen instalaciones asignadas. Tampoco modifica los parámetros de determinadas instalaciones eólicas y fotovoltaicas de los sistemas eléctricos no peninsulares vinculadas a subastas que nunca llegaron a celebrarse.

Asimismo, las nuevas instalaciones tipo aprobadas en julio de 2026 para el mecanismo de asignación de 1.200 MW de cogeneración y otras tecnologías tampoco se incluyen en esta propuesta, al no formar parte del ámbito de aplicación de la orden cuyos parámetros se actualizan. En su caso, la reducción del impuesto se trasladará a través de las revisiones trimestrales de su retribución a la operación.

La propuesta se encuentra todavía en fase de tramitación y deberá completar los informes y consultas correspondientes antes de su aprobación definitiva. Entre ellos figuran la audiencia a través del Consejo Consultivo de Electricidad de la CNMC, el informe de este organismo, el dictamen del Consejo de Estado y el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Una vez aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado, la orden entrará en vigor al día siguiente, aunque sus efectos económicos se aplicarán desde el 1 de julio de 2026.

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