El Gobierno espera que el nuevo operador del mercado del gas que se crea con la reforma de la Ley de Hidrocarburos de 1998 empiece a funcionar ya en 2015, de modo que lo antes posible se obtenga una "señal de precios transparente", lo que a su vez facilitará la entrada de nuevos comercializadores al sector.
Así se recoge en la memoria de impacto que acompaña al proyecto de ley, a la que ha tenido acceso Europa Press, donde se aclara que, aunque las condiciones de actuación de este mercado deberán ser fijadas en un reglamento, existe un plazo de cuatro meses desde su entrada en vigor para que el operador comience a realizar sus funciones.
Además, se enumera a los sujetos habilitados para actuar en este mercado, entre ellos el operador, que será la sociedad responsable de la gestión del sistema. También se incluye a los comercializadores y consumidores directos, al gestor técnico del sistema, a los transportistas y distribuidores y a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES).
Reparto del capital
El proyecto establece asimismo las condiciones que deberá cumplir la sociedad mercantil que actúe como operador, en la que estarán presentes los operadores del mercado español (30%) y, en su caso, del portugués (con una proporción de un tercio); los gestores técnicos de ambos sistemas gasistas (20%, con el mismo reparto de dos tercios para los españoles y un tercio para los lusos) y otros sujetos (con un máximo del 5% de participación).
"En el caso de sujetos que realicen actividades en el sector energético, la suma de la participación directa o indirecta en el capital de esta sociedad no podrá superar el 3%. Asimismo, la suma de participaciones de estos sujetos no podrá superar el 30%, no pudiendo sindicarse estas acciones a ningún efecto", añade la memoria.
El procedimiento de participación en el operador limita la cuantía máxima a la media de las participaciones existentes en el tipo de accionista correspondiente, lo que puede incluir la venta por la sociedad o por algún accionista, y la ampliación de capital mediante la emisión de nuevas acciones.
El objetivo de esta sociedad será impulsar el desarrollo efectivo de un mercado ibérico, aunque para ello será necesario esperar a la firma de un convenio o acuerdo internacional con Portugal, o a la adopción por parte del Gobierno luso de una normativa que permita su aplicación en dichas entidades.
Además, se encargará de recibir las ofertas de venta y adquisición de los participantes, publicará en una plataforma de contratación los precios y el volumen de las ofertas "de forma anónima", recibirá las garantías, se encargará de la casación de precios, comunicará a los interesados el resultado de dicho proceso, liquidará pagos y cobros e informará públicamente de la evolución del mercado.
Retribución vía tarifa
En cuanto a su retribución, el Ejecutivo ha decidido que sea asumida por todos los agentes del mercado, habilitando al Ministerio a fijar la cuantía en una orden. Sin embargo, inicialmente la retribución será incluida como coste del sistema gasista, por lo que se repercutirá en los consumidores, en tanto en cuanto se "alcancen unas condiciones suficientes de liquidez del mercado".
Dicho periodo transitorio será determinado por el Ministerio. En cualquier caso, dos meses antes de la entrada en vigor de la ley, el operador remitirá a Industria una propuesta de retribución y reglas de operación del mercado, mientras que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tendrá cuatro meses para trasladar su propuesta de metodología para el cálculo de dicha retribución.
Según el Ejecutivo, la creación de este mercado organizado "profundizará en la liberalización del sector gasista", contribuyendo así a obtener "precios más competitivos para los consumidores" y una mayor eficiencia del sistema. Asimismo, la norma mejorará la armonización de la legislación nacional con la normativa europea.
**El papel de Cores **
Con respecto a la Corporación de Reservas Estratégicas (Cores), el Gobierno la habilita mediante este proyecto de ley a constituir, mantener y gestionar las reservas de gas natural, así como a diversificar los suministros de este producto.
Además, se le da acceso a las instalaciones de regasificación, transporte y almacenamiento y al mercado organizado, y se le permite inyectar gas al sistema en caso de necesidad. El Ejecutivo también precisa que el presidente de esta Corporación no deberá ser un empleado público.
Finalmente, el proyecto de ley introduce otros cambios relacionados con el sector energético. Entre los más destacables se incluye la decisión de que los operadores al por mayor de productos petrolíferos deban encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias para poder ejercer su actividad, y se sustituyen los tres millones de euros exigidos actualmente como recursos propios por una garantía ante la Caja General de Depósitos.
Aunque la cuantía de dicha garantía deberá ser fijada reglamentariamente por el Gobierno, en principio se apunta a que será inferior a los actuales tres millones, de modo que se "facilite la entrada a nuevos agentes". Los operadores que ya estén actuando estarán exentos de formalizar estas garantías.
Este sistema permitirá, asimismo, "minimizar el riesgo para la Hacienda pública por eventuales fraudes fiscales", en cuyo caso podrá ejecutarse la garantía y además la Administración podrá inhabilitar al operador, aplicando incluso medidas cautelares provisionales como la incapacitación temporal para evitar que se continúe con el fraude mientras dura el procedimiento.
Comercializadores y consumidores
Los comercializadores que quieran iniciar actividad tendrán que remitir al Ministerio una previsión de ventas del primer año de actividad, que sustituirá a las existencias mínimas de seguridad, si bien los operadores de otros países de la UE con acuerdo mutuo de reconocimiento de licencias de comercialización de gas natural estarán exentos de esa obligación. "Esto evitará trámites a las empresas", alega el Gobierno.
Por otra parte, los operadores al por mayor de gas licuado del petróleo (GLP) y sus comercializadores al por menor tendrán que comunicar cualquier cambio en su declaración responsable inicial y también el cese de actividad, que la CNMC deberá registrar. Asimismo, estarán obligados a mantener un seguro de responsabilidad civil y otras garantías financieras en cantidad suficiente para cubrir riesgos.
También se recoge la obligación de los comercializadores al por menor de GLP a granel de suministrar a todo peticionario que se encuentre en la misma provincia, y tendrán derecho preferente a distribuir gas natural a los clientes conectados con instalaciones de su propiedad. No obstante, se evitará la duplicidad de infraestructuras abriendo la puerta a que tanto GLP como gas natural vaya por los mismos conductos cuando se trate de abastecer a un mismo consumidor o grupo, siempre que su capacidad lo permita.
El Ejecutivo revisa asimismo el régimen de infracciones y las sanciones consecuentes, y aclara las competencias de la CNMC en esta materia, así como en el tema de fijación de peajes y cánones, cuya metodología será fijada por la Comisión pero el Gobierno establecerá la estructura y condiciones de aplicación.
Por otra parte, se abre la puerta a que los consumidores puedan contratar a una empresa instaladora autorizada para inspeccionar sus instalaciones y presentar después a su distribuidora el boletín de inspección. La empresa distribuidora conserva, no obstante, la obligación de comunicar al usuario la obligación de realizar la inspección y ofrecer sus servicios indicando precio y fecha.
Para disminuir costes crecientes en el sistema, serán los distribuidores los que asuman la modificación o construcción de nuevas posiciones de transporte.
Deja tu comentario
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios