Política energética

La Corte Europea confirma que ACER puede modificar las decisiones nacionales transfronterizas

El TGUE da a razón a ACER en un caso por los operadores nacionales de Austria, Polonia, Francia, Suecia, Países Bajos, Alemania y Red Eléctrica de España

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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmó en una sentencia las facultades de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) para adoptar decisiones transfronterizas que modifiquen las propuestas de los gestores de redes nacionales.

El TGUE da a razón a ACER en un caso que habían recurrido ante la corte de Luxemburgo los operadores nacionales de Austria, Polonia, Francia, Suecia, Países Bajos, Alemania y Red Eléctrica de España.

Estos operadores de red sometieron a la aprobación de las autoridades reguladoras nacionales unas propuestas comunes de metodología para la aplicación de dos plataformas europeas para los intercambios de energía de balance procedente de reservas de recuperación de la frecuencia con activación automática (aFRR) y de reservas de recuperación de la frecuencia con activación manual (mFRR).

La posición de ACER

ACER se pronunció sobre dichas propuestas y adoptó dos decisiones, una relativa a la metodología aFRR y la otra relativa a la metodología mFRR, adjuntando una metodología diferente, maniobra que recurrieron los citados operadores ante la Sala de Recurso de la propia agencia solicitando la anulación de su criterio.

Estos fueron desestimados y apelaron entonces al Tribunal General de la UE, que con carácter preliminar, ha desestimado esos recursos en forma y fondo.

En lo formal, la corte de Luxemburgo argumenta que, según la normativa comunitaria, sólo es competente sobre las decisiones de la Sala de Recursos de ACER, pero no sobre las decisiones de ACER y sus anexos.

En el fondo, el TGUE "rechaza la alegación de las demandantes según la cual la Sala de Recurso incurrió en error de Derecho al no concluir que la ACER había rebasado los límites de su competencia al adoptar las decisiones de que se trata", informó el Tribunal en un comunicado.

"ACER es competente para pronunciarse o adoptar decisiones individuales sobre cuestiones o problemas de regulación que tengan repercusiones en el comercio transfronterizo o en la seguridad de los sistemas transfronterizos, como las metodologías aFRR y mFRR", señala.

El Reglamento 2017/2195 de la Comisión Europea de referencia "revela la clara voluntad del legislador de la Unión de lograr una toma de decisiones sobre cuestiones transfronterizas más eficaz y rápida"

Para ello, fortalece "las facultades de decisión individual de la ACER que sea compatible con que las autoridades reguladoras nacionales sigan siendo el centro de la reglamentación en materia de energía, de acuerdo con los principios de subsidiariedad y de proporcionalidad".

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