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Desmadre a la española en el sector eléctrico por los tributos locales

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El sector energético está sufriendo de una regulación poco homogénea desde el punto de vista tributario en el ámbito municipal. En la jornada organizada por el Ateneo de Energía, "Los tributos locales: repercusión en el sector de la energía" se ha evidenciado que una normativa inadecuada, como la que existe actualmente, puede arruinar a las pequeñas comercializadoras, así como suponer un obstáculo a la efectiva liberalización del sector de la energía.

Y no solo porque hace un año el Tribunal Supremo avalara la tasa municipal por la utilización del dominio público de sus instalaciones de transporte de energía, que afectaba directamente a REE, sino porque cada vez más ayuntamientos aprueban impuestos similares para las distribuidoras y comercializadoras, las primeras por ser propietarias de las redes eléctricas y las segundas por lucrarse con ellas, lo que ha provocado el enfado y la irritación de este sector.

"Los ayuntamientos tienen mucho margen de maniobra para calcular la cuantificación de la tasa según jurisprudencia que quieren cobrar a las comercializadoras y distribuidoras, con lo cual cada uno pide lo que quiere, y además surge la duda de por qué el Ayuntamiento cobra también la tasa municipal por ejemplo cuando las líneas pasan por encima de un terreno privado dentro del municipio", advierte Irene Bartolo, secretaria general de ASEME (Asociación de Empresas Eléctricas) y socia del despacho de abogados Prat Rubí Advocats, "es una situación que se puede resumir en que hay una absoluta discreccionalidad sobre esos cálculos, y además no solo hay que contar que es una problemática de los tributos locales, sino también de los autonómicos, donde se pagan tantos peajes que al final solo hay una consecuencia, su repercusión en el factura de la luz de los consumidores".

Para Bartolo, el problema podría ser muy grave porque "las líneas eléctricas son tan largas y discurren tanto por el dominio público que si todos los ayuntamientos de España, más de 8.300, quisieran que se impusieran tasas en el régimen general, por su paso por el territorio municipal, si se generaliza, el coste sería insostenible para el sector eléctrico y para el consumidor el precio de la luz sería inasumible".

"La complicación de las tasas municipales no es pagarlas, sino calcular el importe de ese pago, porque hay una amalgama de jurisprudencia y legislaciones que no tienen reflejo en ninguna regulación nacional que lo único que crea es inseguridad jurídica", añade Julio Sergio Palmero, presidente de ECOMEL y de ODF Comercializadora.

"Lo que no tiene sentido es que las comercializadoras tengan que pagar un impuesto por las infraestructuras de las distribuidoras, ya que solo son meras intermediarias con el consumidor final, esas líneas eléctricas no son de su propiedad, y los ayuntamientos les hacen pagar impuestos tanto a unas como a otras", explica Pedro Corvinos, abogado especializado en Derecho Público y Energía, "las comercializadoras deberían unirse y hacer lobby para que se solucionara este sinsentido".

Y a la falta de una regulación estatal unificada y homogénea, encima le llega de Europa más cambios normativos con el 'winter package' y la Directiva de Diseño de Mercado Eléctrico, "donde se incluyen modificaciones importantes con la incorporación de una nueva figura que aún no se contempla en España: los agregadores de demanda", puntualiza Bartolo, "eso sin olvidar que hay otros agentes del sector, como son los consumidores directos, que se aprovechan de las infraestructuras pero su figura queda fuera de las ordenanzas municipales, es decir, que no pagan ningún impuesto".

"Los ayuntamientos necesitamos sacar recursos de nuestros bienes, somos los representantes de los ciudadanos y por ende de los consumidores", se justifica Iñaki Atxukarro, letrado del Ayuntamiento de San Sebastián, "entendemos que el dominio municipal es un recurso económico y nos es indiferente quien pague los tributos, lo que queremos es que nos paguen". El abogado reconoce que "estamos interesados en que haya una legalidad clara y no siempre lo es,  y ahora más porque tenemos que incorporar la legislación europea".

Atxukarro explicaba el procedimiento de recaudar los impuestos en su ciudad. "En el caso de saber cuánto tiene que tributar por el uso del espacio público, es la distribuidora la que nos presenta los datos, los suyos y los de las comercializadoras que han participado, y a raíz de ello, calculamos cuánto nos tienen que pagar todas".

"Entonces se está cometiendo un error porque los datos tienen que ser de REE", le contesta Palmero, "y muchas veces se hace pagar a las comercializadoras una cantidad excesiva, lo que supone que para estas empresas, muchas de ellas pequeñas, se les hace insostenible mantener una estructura solo dedicada a pagar tributos municipales y por importes demasiado altos".

El IBI de Características Especiales

Pero los impuestos locales no solo afectan a comercializadoras y distribuidoras, también los promotores de proyectos renovables tienen grandes complicaciones al verse envueltos en una serie de cuestiones legales a la hora de tributar, como incluir o no determinados elementos de una infraestructura en la base imponible, considerar maquinaria como parte imprescindible para que tribute en el IBI de Características Especiales, o conocer cuáles son las exenciones.

"Es importante pararse en la cuestión de la base imponible, porque es donde más jurisprudencia se genera", explica un letrado asesor del Ayuntamiento de Santurtzi, "hay que fijarse en los proyectos de obra que se presenten ya que la jurisprudencia ha eliminado de esa base imponible, por ejemplo, la necesidad de incorporar el IVA o los honorarios profesionales". En el caso de una infraestructura como una planta fotovoltaica o un parque eólico, "surge la duda de incluir o no el importe del aerogenerador que se coloque o del panel solar, ¿también debe figurar en la base imponible? Pues si está encastrado y si forma parte del funcionamiento de esa ingeniería o industria tiene que tributar, porque no solo tributa el terreno, aunque se entienda que son elementos que puedan moverse".

"Demostrar que todos esos elementos están incluidos en el cómputo del impuesto supone un gran logro para los ayuntamientos, al acreditar que esa maquinaria forma parte de esa infraestructura, estaríamos hablando de un monto importante", señala.

"El IBI de Características Especiales grava el derecho de propiedad o usufructo, integrado por suelo, edificios, instalaciones y obras de urbanización, y se toma como referencia la potencia instalada", explica el letrado de Santurtzi, "y actualmente se calcula que por cada megavatio instalado hay que pagar 400.000 euros aplicándole un coeficiente de reducción que le rebajaría hasta más o menos la mitad, 200.000 euros, un importe que puede ser poco para un ayuntamiento pero mucho para las medianas y pequeñas empresas que quieran invertir en este tipo de proyectos".

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