Política energética

El Gobierno da un respiro a los centros de datos con requisitos energéticos menos exigentes

El texto al que ha tenido acceso El Periódico de la Energía amplía de 18 a 36 meses la antigüedad de la generación adicional, acorta los PPA a seis años y admite el almacenamiento, pero endurece el techo de los recargos por fallos de correlación horaria

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El Gobierno ha decidido levantar un poco el pie y dar un respiro a los centros de datos que quieran construirse e intalarse en España. El Gobierno ha remitido al Consejo de Estado el Proyecto de real decreto por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos, tras analizar más de 600 alegaciones de todo el sector y el preceptivo informe de la CNMC. Y ha decidido mantener requisitos altos, pero no siendo tan duros como los del primer borrador de real decreto.

El texto introduce modificaciones de calado respecto a la versión que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sacó a audiencia pública el pasado 27 de agosto. Mantiene la arquitectura de la norma, que condiciona el acceso y la conexión a la red a requisitos de soberanía digital, eficiencia y renovables, pero cambia umbrales, plazos y penalizaciones. En conjunto, suaviza buena parte de las exigencias que más críticas habían despertado en el sector.

Fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica aseguran que "el nuevo texto mantiene la ambición y los elementos clave de la propuesta sometida a información pública para evitar los efectos adversos que un desarrollo descontrolado de las instalaciones produciría sobre los recursos hídricos y el precio de la electricidad, introduciendo mejoras técnicas".

Unas mejoras que son notables y que hacen un guiño que será más que interesante para el sector renovable. Así, y para comenzar es importante por dónde empezar. La norma desarrolla el mandato del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que ordenó que los centros de datos vayan acompañados de nueva generación renovable. El propio preámbulo justifica la regulación con las cifras de acceso concedido. El gestor de la red de transporte ha otorgado más de 6 GW a estas instalaciones desde diciembre de 2023, y en distribución se han concedido en torno a otros 6 GW desde 2020. Esa cifra supera con holgura los 2,5 GW de potencia de computación, equivalentes a entre 3,5 y 4 GW de demanda eléctrica, que prevé la Estrategia de Inteligencia Artificial para 2030.

El decreto de centros de datos del Gobierno elevaría los vertidos renovables un 16% y el coste eléctrico a 133 €/MWh
El cumplimiento de las exigencias de adicionalidad renovable y correlación horaria obligaría a instalar 49,8 GW adicionales de solar, eólica y baterías para abastecer 3,5 GW de centros de datos en 2030, según un informe de la consultora EY.

Mínimo de 10 MW

El cambio más visible es el ámbito de aplicación. Las obligaciones recaerán en centros con una potencia de acceso igual o superior a 10 MW, y no a partir de 1 MW como establecía el borrador anterior. También se computarán de forma agregada los centros del mismo titular y emplazamiento que alcancen esa potencia. El texto aclara que, en instalaciones técnicas que albergan equipamiento TIC sin ser su actividad principal, solo cuenta la potencia destinada a la actividad de centro de datos. Se mantienen los 500 kW de potencia TI para las obligaciones de comunicación y publicidad, y el artículo de soberanía digital se aplica con independencia de la potencia. El proyecto añade además una exclusión: los centros públicos estatales que sean operadores críticos. O lo que es lo mismo, los que vayan acompañados

En soberanía digital, el borrador anterior pedía a todos los centros una declaración responsable sobre su establecimiento en la Unión Europea, la permanencia de sus datos operativos y el control de subcontratistas. El nuevo texto la concentra en los sistemas de información de categoría ALTA del Esquema Nacional de Seguridad. Un centro no podrá alojarlos salvo que sus datos de contenido, réplicas y copias de seguridad se traten y almacenen dentro de la UE o el Espacio Económico Europeo. Los metadatos y los datos de telemetría quedan expresamente fuera. Las tareas de administración o mantenimiento desde terceros países solo serán posibles cuando sean técnicamente imprescindibles. Además, deberán registrarse con la identidad de quien las realiza y el registro se conservará al menos cinco años a disposición del Ministerio para la Transformación Digital.

La CNMC pide flexibilizar la obligación a los centros de datos de cubrir el 80% de su consumo con renovables
En su informe emitido sobre el borrador, el organismo regulador evalúa las obligaciones planteadas para estas infraestructuras de gran consumo energético.

Más margen en adicionalidad y entrada de almacenamiento y repotenciación

Pero sin duda los cambios en materia energética son los que harán sonreir un poco más a los operadores de centros de datos y al sector renovable. El núcleo energético, con un 80 % del consumo cubierto con renovables adicionales y otro 80% respaldado hora a hora por generación de esa misma hora, no cambia. Pero hay algunas excepciones. Por ejemplo, sí cambian las condiciones para acreditarlo. La generación podrá tener hasta 36 meses de antigüedad respecto a la entrada en funcionamiento del centro, el doble que los 18 meses del borrador anterior. La duración mínima de los contratos de compra de electricidad renovable a largo plazo (PPA) baja de 10 a seis años, aunque se exigen escritura pública y la redención anual de las garantías de origen ante la CNMC.

Además de la generación nueva, computarán las repotenciaciones que requieran revisar el acuerdo de conexión, las instalaciones que agoten su vida útil regulatoria y la fotovoltaica sin PPA previo, con independencia de su fecha de puesta en servicio. Es decir, toda la solar fotovoltaica que ya está conectada podrá cerrar nuevos PPAs con los centros de datos. Y si son híbridos con baterías también. El almacenamiento podrá servir para cubrir la correlación horaria, con reglas específicas para los sistemas híbridos. Algo que habían reclamado desde el sector renovable con ahínco en sus alegaciones.

Los centros de datos alertan de riesgo de fuga si se aprueban las exigencias verdes del Gobierno
Wl proyecto de real decreto por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos.

Rebaja el PUE

En eficiencia, el texto mantiene la exigencia de la clase A de la futura etiqueta europea, cuya aplicación está prevista para agosto de 2027, pero relaja el valor provisional hasta entonces. El PUE máximo pasa de 1,15 a 1,25, mientras que el WUE (el índice de consumo de agua) se mantiene en 0,1.

Pero el cambio más significativo en este aspecto de los índices de eficiencia se verá en lo relativo al lugar donde se instale el centro de datos. En el caso de la eficiencia energética (PUE), el Ministerio establecerá una metodología que exija la aplicación de la mejor tecnología en función de las distintas zonas climáticas del país –de un modo similar a las exigencias de eficiencia energética de los edificios–, para garantizar el mínimo consumo de agua en todos los casos. Se introduce una metodología que normalizará el PUE según la zona climática (será menos exigente la zona de calor), y los centros que formalicen su contrato de acceso antes del 1 de enero de 2029 cumplirán ese 1,25 hasta el 31 de diciembre de 2031, antes de someterse al régimen general.

Estas exigencias de consumos tanto de energía como de agua tendrán que ser prácticamente desde el minuto uno. Se establece un plazo de seis meses de adaptación a los centros de datos desde su puesta en marcha para cumplir estos requisitos de eficiencia.

El Gobierno exige a los centros de datos que sean los más sostenibles del planeta
Los parámetros en consumo de energía y agua son los más exigentes a día de hoy en el mercado mundial de centros de datos.

Recargos reordenados

El régimen sancionador cambia de forma. Los fallos de correlación horaria pasan de tres a cinco tramos, del 10% al 100%. El porcentaje de incumplimiento se calcula con la media de los porcentajes horarios del mes, con interpolación lineal entre el 80% de cobertura y la ausencia total de respaldo. El incremento por reincidencia pasa a ser de diez puntos por cada año consecutivo, y no por cada mes. Se mantienen los recargos por adicionalidad insuficiente, de entre el 100% y el 500%, el recargo del 65 % si se superan las horas máximas de consumo cuando la cuota renovable del sistema supera el 90%, y la posible pérdida del permiso tras cinco años consecutivos de incumplimiento grave.

La principal novedad viene en el caso de que no quiera el centro de datos cumpplir con la adicionalidad del 80%. Si no quiere tendrá que formar parte de la interrumpibilidad del sistema eléctrico, es decir, que Red Eléctrica pueda apagarla en caso de ser necesario. Los centros que se habiliten en el Sistema de Reducción Automática de Potencia (SRAP) podrán cumplir la correlación de forma progresiva durante cinco años, siempre que entren en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2030. Será del 60% del consumo en periodo P1 hasta 2028, y del 70% en P1 y el 60% en P2 desde 2029.

Los proyectos europeos de fábricas y gigafactorías de inteligencia artificial y de supercomputación tendrán un régimen propio, con requisitos de eficiencia escalonados, una ventana de adicionalidad de 60 meses y una correlación referida a la cuota media renovable del sistema. Para acogerse, deberán acreditar control europeo de la infraestructura activa mediante informes vinculantes del operador del sistema y del Ministerio de Transformación Digital. Además, los centros que formalicen el contrato de acceso antes de 2029 tendrán seis meses desde esa fecha para acreditar la adicionalidad.

Se mantienen los plazos de tres meses para que las solicitudes en tramitación acrediten los requisitos y de seis para los proyectos con permisos ya otorgados pero sin conectar. Estos últimos pueden renunciar sin perder los avales. La CNMC deberá publicar un informe semestral de seguimiento y habrá una evaluación bienal conjunta con el operador del sistema y el Ministerio. Los parámetros podrán ajustarse por orden ministerial, con aprobación previa de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

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