Poco le ha durado la alegría al pobre, dice el refranero español. Eso es lo que le ha sucedido a los murcianos. El pasado 30 de marzo, el Gobierno de Murcia aprobó la Ley 11/2015, de 30 de marzo, de modificación de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia.
Lo más novedoso de este cambio era la creación de un artículo único. Pero en él se reflejaban varios cambios normativos sobre renovables y eficiencia energética. Pero lo más llamativo era el apartado 12 de dicho artículo. En él aprobaba las instalaciones de autoconsumo con balance neto. A la espera de que el Gobierno central tomara cartas en el asunto, el Ejecutivo murciano prefirió adelantarse al borrador de Industria y aprobar este tipo de instalaciones. Se acercaban los comicios y el Partido Popular se la jugaba con todos los pequeños inversores fotovoltaicos. El guiño era claro. El PP de Murcia apuesta por las renovables y si hay que llevar la contraria al Gobierno se hace.
Pero la alegría ha durado poco. El Gobierno ya ha iniciado el procedimiento de declaración de inconstitucionalidad a través del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Este lunes el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 10 de junio de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 11/2015, de 30 de marzo, de modificación de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia.
En dicha resolución, el Gobierno comunica que la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo: 1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el apartado doce del artículo único de la Ley 11/2015. Además, también han designado un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda y como último punto han comunicado este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan.
Todo esto es parte del procedimiento para declarar inconstitucional la normativa de autoconsumo. Es un paso previo anterior a la declaración con el que el Gobierno intentará convencer al Ejecutivo autonómico de que no tiene potestad para legislar en materia energética. Esa ha sido siempre la causa que ha esgrimido el Gobierno para tumbar distintas leyes autonómicas sobre energía. Un ejemplo de ello son las distintas normas antifracking que aprobaron otras autonomías como Navarra o Cantabria.
El Gobierno no ha permitido a las autonomías a legislar en materia energética. La normativa española es clara al respecto. Solo el Estado podrá decidir sobre ello. El Ministerio lo sabe y por eso no ha encontrado dificultad a la hora de oponerse a los intentos de las Comunidades Autónomas de querer controlar parte de la energía en su región.
Esto hará perder credibilidad al Gobierno murciano de cara a su electorado. El autoconsumo era vital para hacerse con el poder. La industria fotovoltaica tiene mucho poder en la zona. Es una de las regiones con más paneles solares instalados por metro cuadrado. Y el autoconsumo era la solución perfecta. El órdago del Gobierno de Alberto Garre se quedará en nada.
Hacienda ha esperado a que Industria diese a conocer el borrador de autoconsumo para iniciar este proceso. Y también ha esperado a que pasaran las elecciones y facilitar el trabajo a sus colegas populares. Los ciudadanos murcianos podrían ver esto como una estrategia electoral y sentirse engañados por el Gobierno murciano. Esto podría tener malas consecuencias para el PP de cara a las elecciones generales y perder votos en uno de sus nichos fuertes en España.
Demencia
24/06/2015