Renovables

Industria levanta la veda y admite registros de instalaciones de autoconsumo existentes fuera de plazo

1 comentario publicado

¿Quién dijo que el día 10 de abril se acababa el plazo para inscribirse en el registro de instalaciones de autoconsumo? Lo dijo el BOE, en el RD 900/2015. Pero el Ministerio de Industria ha decidido saltarse la norma y admitir fuera de plazo decenas de registros de instalaciones de autoconsumo.

Este lunes se esperaba un comunicado o una resolución de Industria por el cual autorizaría una prórroga para que los autoconsumidores españoles pudiesen registrar en los términos legales sus instalaciones. Pero no ha habido comunicado.

Industria ha tirado hacia delante. Sin preguntar a nadie y sin avisar. Alarga el plazo sin comunicación previa y admite nuevas inscripciones en el registro.

Este lunes informaba El Periódico de la Energía que cientos de instalaciones podrían ser sancionadas al no haberse inscrito a tiempo en el registro de autoconsumo. Hasta el domingo, último día del plazo, solo se habían registrado 283 instalaciones, la mayoría del tipo 2, es decir, centrales de cogeneración, biogás, etc.

Este lunes 11, fuera de plazo, se han seguido registrando instalaciones hasta un total de 335,  es decir, 52 más que un día antes.

Lo que se desconoce es hasta que día Industria va a mantener abierto el registro. Oficialmente no hay resolución. Por tanto se seguirán admitiendo inscripciones hasta nueva orden.

El Ministerio parece querer no tener líos con los autoconsumidores, sobre todo después de reconocer que la normativa tiene fallos. De momento, el Ministerio no va a sancionar a los que no se han registrado. Con la ley en la mano podría hacerlo, incluso con millones de por medio.

Algo que seguramente celebrarán desde el sector fotovoltaico y muchas comunidades autónomas que habían solicitado una prórroga de otros seis meses como mínimo.

Noticias relacionadas

Un comentario

  • Manel Romero

    12/04/2016

    Esta noticia trae confusión. Claro que dejan registrar instalaciones después del 10 de abril. El RD sigue vigente, y como tal, todas las nuevas instalaciones tienen el derercho y la obligación de registrarse. El plazo del 10 de abril era el que se daba a la instalaciones preexistentes para adaptarse, y las que lo hacen ahora no es que estén fuera de plazo, igual son nuevas instalaciones...

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios