En el año 2022, según la Fundación Mapfre, se produjeron en España más de 18.000 incendios y explosiones en viviendas en los que murieron 176 personas. La mayoría se debieron a fallos eléctricos. El origen de estos siniestros se atribuye a errores de comportamiento de los usuarios o mal uso de las instalaciones. La tragedia del incendio del barrio de Campanar de Valencia, que afectó el pasado mes de febrero a 138 viviendas distribuidas en 14 plantas, se originó probablemente por un electrodoméstico. El revestimiento de la fachada y el fuerte viento arrasaron una manzana entera. Pero, por primera vez, se ha introducido la calidad de la construcción en este relato.
Considerarlo como un suceso excepcional es una manera de mantenerlo en la superficialidad de los hechos, dejando a los afectados en su soledad y a la ciudadanía en la ingenuidad de que algo así no puede repetirse. Pero ha habido otros casos anteriores, como el de Móstoles en 1992, un edifico moderno de 10 plantas, en la calle Hermanos Pinzón, que ardió por una fachada altamente inflamable después de haber recibido el Premio Nacional de Arquitectura.
Si es una fatalidad o la consecuencia de un modelo de construcción negligente no se sabrá nunca porque, a pesar de la respuesta de solidaridad colectiva que ha producido la tragedia de Valencia, aún seguirá pendiente una explicación oficial por parte de las administraciones central, autonómica y local, en el ejercicio de sus competencias.
Las competencias de las distintas administraciones no garantizan la seguridad de los edificios
La comparación que se ha hecho con el incendio de la Torre Grenfell de Londres en 2017 es muy útil por sus similitudes y por las diferentes reacciones oficiales. Hay una diferencia fundamental, pues mientras en el Reino Unido las competencias exclusivas las ejerce el gobierno británico, en España las competencias exclusivas en edificación y urbanismo, según doctrina del Tribunal Constitucional, son de las comunidades autónomas, mientras las corporaciones locales establecen en sus ordenanzas y licencias los criterios de construcción, ejerciendo la autonomía municipal.
En Londres, el incendio de los 120 apartamentos de la Torre Grenfell lo provocó una nevera y el revestimiento exterior del edifico lo propagó por toda la fachada que se había rehabilitado solo un año antes. Inmediatamente la policía presentó cargos contra las empresas que reformaron la torre y el gobierno británico anunció planes para prohibir los revestimientos inflamables, ordenó revisar todos los edificios altos del país, 1.700 inmuebles pasaron a ser considerados de alto riesgo y se creó una crisis en el sector inmobiliario por la depreciación de sus activos, debida a la inseguridad de los edificios.
Lo que se ha extendido aquí es la desconfianza en las comunidades de vecinos sobre los revestimientos de la envolvente por el desconocimiento a cerca de los materiales y procedimientos. El Estado complejo ha dispersado la regulación edificatoria y urbanística en diecisiete normativas diversas. Incluso las normas europeas han de desarrollarse desde las autonomías porque la regulación estatal no puede invadir sus competencias exclusivas.
Es el principio constitucional que anuló parte de la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que trasponía las directivas europeas de eficiencia energética de 2010 y 2012. Las comunidades autónomas han estado más pendientes de vigilar la intromisión del Estado en sus competencias que de ejercerlas para elevar los estándares de eficiencia, salubridad y seguridad e integrar el uso de la energía en el diseño urbano.
Las competencias exclusivas son de las comunidades autónomas y los ayuntamientos
Es este Estado complejo el origen del retraso de dos años en la percepción de las ayudas europeas a la rehabilitación, al autoconsumo y los vehículos eléctricos porque multiplica las barreras regulatorias y administrativas y la falta de trasparencia en la gestión. El atraso de España en estos sectores no es casualidad y perjudica directamente la calidad de la edificación y el urbanismo y a los propietarios y usuarios.
Las ordenanzas y licencias municipales siguen siendo el cochón de ingresos de la administración local en tiempos de recuperación económica y no la llave para reconducir la construcción de edificios y viviendas hacia criterios de sostenibilidad, seguridad, salud y habitabilidad.
Es posible que la tragedia de Valencia convenza a las ciudades de la necesidad de censos de edificios peligrosos, de que las normas regionales de edificación y las ordenanzas municipales apliquen los criterios europeos sin esperar a que los incorpore el Código Técnico de la Edificación (CTE) diez años más tarde, de que las estrategias locales de rehabilitación son competencia suya y que deben aplicar la certificación energética de edificios con más rigor. Que cerca del 90% del parque inmobiliario siga siendo ineficiente es un riesgo, en buena parte responsabilidad de las administraciones que tienen las competencias exclusivas en edificación.
Si el boom inmobiliario se hubiese desarrollado con criterios sostenibles hoy tendríamos edificios y viviendas habitables y no lugares insanos, incómodos e inseguros. El resultado ya se percibió durante la pandemia del Covid, que puso de manifiesto la necesidad de rediseñar los edificios y viviendas; pero cuatro años después poco se ha aprendido. Ninguna de las grandes ciudades españolas cumple los límites de contaminación establecidos por Unión Europea para 2030. La inseguridad de las ciudades empieza por la insalubridad de sus edificios y viviendas y por la falta de un diseño urbano para combatirla.
Una década de retraso en la adaptación de los edificios al clima
Tampoco los sucesivos cambios desde el Ministerio de Fomento al MITMA y al Ministerio de vivienda han servido para avanzar en un nuevo diseño de la edificación. Salvo honrosas excepciones, la dejación de competencias de las distintas administraciones para fomentar la vivienda pública y de alquiler ha agravado una realidad que desde el propio sector se define como de edificios muy caros de mala calidad y una tendencia reacia a la descarbonización. Los abusos del sector financiero y la errónea política del Banco Central Europeo han terminado por expulsar a la mitad de la población del derecho a una vivienda de calidad, según datos de la plataforma Clikalia y del INE, con graves consecuencias para las generaciones más jóvenes.
El Código Técnico de la Edificación (CTE) se actualiza lentamente y con pausa de manera que acumula años de retraso con respecto al cumplimiento de las directivas europeas de eficiencia energética de los edificios. Pero al ser un código de mínimos no debiera impedir que las normas autonómicas y municipales lo superen, siempre que quieran. La Estrategia Nacional de Rehabilitación Energética (ERESEE 2020) es un útil vademécum de referencia sobre la edificación en España, pero al carecer de rango normativo y extenderse en competencias de otras administraciones no supera el carácter indicativo.
En la evolución de los documentos del CTE y la ERESEE se pueden apreciar las reservas a llamar a las energías renovables, al autoconsumo y los recursos energéticos distribuidos en los edificios por su nombre; además, incorporan un concepto de electrificación y descarbonización del parque inmobiliario muy alejado del que establecen las directivas europeas. En la ERESEE 2020 se fijan metas de renovables y reducción de emisiones en los edificios hasta el 80% y el 90% mediante el uso de la electricidad, conectando a la red centralizada todos los consumos, en la suposición de que en el futuro toda la energía de la red será renovable y descarta los recursos energéticos distribuidos.
Criterios europeos de electrificación y descarbonización de los edificios
La Directiva (UE) 2018/844, de eficiencia energética de los edificios, y la Directiva (UE) 2023/2413, de energías renovables, establecen un criterio diferente de descarbonización y electrificación de los edificios basado en un aumento significativo del autoconsumo (energía renovable “in situ”), comunidades de energías renovables, agregación, almacenamiento detrás del contador, recarga bidireccional de vehículos eléctricos, calefacción renovable e indicador de preparación para aplicaciones inteligentes.
La distancia con la realidad es tan grande que no es de extrañar el retraso de España en el índice de electrificación de la demanda que, según datos de la patronal eléctrica Aelec, ha caído al 22,4%, por debajo de 2019, lo que alargará la dependencia de los combustibles fósiles. La ERESEE ha optado por la integración de los edificios en el modelo centralizado, más caro y contaminante, en vez de la integración de los recursos energéticos distribuidos y de flexibilidad desde la demanda en los edificios y viviendas. Po eso prevé el uso del gas hasta 2050.
La Recomendación (UE) 2021/1749, sobre la aplicación práctica del principio de “primero, la eficiencia energética”, establece el concepto del edificio integrado en el sistema eléctrico, como central eléctrica y de datos, y la energía como un activo del edificio con la participación de los consumidores a través de los recursos distribuidos y de flexibilidad desde la demanda.
Adaptar el consumo de energía a las necesidades de sus ocupantes es la opción que más beneficiaría a la estabilidad de la red eléctrica y a los usuarios de edificios y viviendas. Como han señalado los informes de Greenpeace, APPA y Holaluz, si se aprovechara el potencial de generación distribuida de origen renovable de los tejados se cubriría la demanda eléctrica de todos los hogares españoles con impactos significativos en la electrificación, la descarbonización y en el abaratamiento de la energía. Se reducirían así las inversiones y costes del sistema eléctrico y se produciría un salto cualitativo en la mejora de la calidad de los edificios y viviendas.
La Recomendación (UE) 2024/600, sobre el proyecto de Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 de España (PNIEC), insiste en la necesidad de trasponer las directivas de renovables y de eficiencia energética para asegurar la reducción del consumo de energía primaria, principalmente de gas, mediante el aumento de la flexibilidad desde la demanda, el acceso de los consumidores a la rehabilitación energética de los edificios y su participación en los mercados energéticos. La demanda antes que la oferta.
Lo más importante es la felicidad de quienes habitan y usan los edificios
Entre la escasa normativa aprobada se pueden comparar las diferentes prioridades que hoy se tienen en cuenta en la edificación. El RD 1052/2022, que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), es la norma urbanística más importante aprobada desde la ya citada Ley 8/2013 y está orientada al ejercicio de las competencias de los entes locales en urbanismo y vivienda. Relaciona la rehabilitación energética con la movilidad eléctrica, la calefacción sin emisiones e intervenciones urbanas de adaptación al clima para atenuar el efecto “isla de calor” y aprovechar la gestión del agua en un concepto de rehabilitación a escala de barrio o ciudad. Los beneficios para la calidad de los edificios y la felicidad de sus usuarios contrastan con la respuesta indiferente y negacionista de la mayoría de los ayuntamientos obligados a ejecutar las ZBE, a pesar de contar con ayudas europeas. Limitar este decreto al tráfico o plantear su derogación es un error que solo hará aumentar los riesgos y costes de un urbanismo depredador e inhóspito.
La Ley 9/2022, de Calidad de la Arquitectura, por el contrario, prioriza la arquitectura por su dimensión cultural, intelectual, artística y profesional que hay que reconocer y proteger mediante instituciones, como un Consejo sobre Calidad de la Arquitectura y la Casa de la Arquitectura, que ya existían desde 2006, a modo de órgano asesor, museo estatal o un remedo de premios “Goya” de la arquitectura. Es una ley profundamente endogámica que no conecta con las necesidades actuales del urbanismo y la edificación y no explica de qué o de quién habría que proteger la arquitectura.
Estos dos conceptos opuestos de urbanismo y arquitectura exponen no solo distintos criterios entre los ministerios responsables sino los dilemas aún por resolver sobre la calidad de la edificación que harán perdurar las malas prácticas y sus consecuencias para los ocupantes de edificios y viviendas. Qué es lo primero, la obra de arte o la felicidad de quienes habitan y usan los edificios, la rentabilidad o la sostenibilidad, el beneficio o la seguridad, la arquitectura hermética o próxima a las necesidades de los habitantes, la eficiencia o el derroche energético, la codicia o la adaptación al clima. Aún faltan las respuestas.
_Javier García Breva es presidente de N2E y miembro del Consejo Editorial de El Periódico de la Energía. _
David B
15/03/2024