El grupo de energía e ingeniería Abengoa ha pedido aclaraciones al juzgado de lo mercantil número 2 de Sevilla sobre la sentencia en la que exime de cumplir el plan de refinanciación a un grupo de acreedores que había impugnado su homologación, según han confirmado a Efe fuentes de la empresa.
La sentencia admite la “desproporción del sacrificio” exigido a los acreedores que no se adhirieron al plan de refinanciación, a los que se aplicó una quita del 97 % de la deuda, pero, según Abengoa, no explica qué porcentaje sería aceptable.
Abengoa cifra en 72 millones de euros el valor nominal de la deuda reclamada por los acreedores que impugnaron el acuerdo de refinanciación, según una comunicación remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
No obstante, la empresa entiende que la sentencia “no permite determinar el valor al que considerar la deuda excluida”.
El juzgado ha desestimado, sin embargo, la tesis de este grupo de acreedores de que el plan de refinanciación no había conseguido los porcentajes de apoyo necesarios y, por ello, ha decidido mantener su homologación.
En resumen, la sentencia no anula el plan de refinanciación pero lo deja sin efecto para más de medio centenar de bonistas y acreedores que no firmaron el acuerdo y lo impugnaron.
El acuerdo fue impugnado, entre otros, por una treintena de inversores como la familia Melgarejo, Fernández de Bobadilla, Armando Brihuega, exdirectivos de Pepephone y la sicav Ahorrocapital.
También alegaron judicialmente contra el acuerdo grandes entidades acreedoras como la aseguradora Zurich, la entidad Export Import Bank de Estados Unidos o Portland General Electric Company.
En la comunicación remitida anoche a la CNMV, Abengoa admite que determinados instrumentos de deuda asociados al plan de reestructuración contemplan su vencimiento anticipado “en determinadas circunstancias”.
No obstante, precisa que, en caso de vencimiento anticipado, existen instrumentos para afrontar la situación, entre ellos solicitar una dispensa a los acreedores financieros (“waiwer”).
Según Abengoa, “la consecución de esta dispensa sería probable” y, de producirse, el vencimiento anticipado “se tendría por no ocurrido”.
Por todo ello, concluye la empresa, esta circunstancia no afectaría al plan de reestructuración.