Los comercializadores independientes han pedido al Gobierno que no prorrogue más allá del 31 de diciembre la normativa que exime a nucleares, hidráulicas y algunas renovables de pagar por los beneficios que obtienen por el alza del gas, si el precio de venta de la electricidad es inferior a 67 euros/megavatio hora (MWh).
La Asociación de Comercializadores Independientes (ACIE) ha indicado este jueves en un comunicado que la normativa fomenta la contratación intragrupo de los grupos eléctricos dominantes por debajo de ese precio.
Los beneficios del gas
ACIE pide al Ministerio para la Transición Ecológica que no se prorroguen medidas como las aprobadas en el real decreto-ley de septiembre de 2021, para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y Los comercializadores independientes han pedido al Gobierno que no prorrogue más allá del 31 de diciembre la normativa que exime a nucleares, hidráulicas y algunas renovables de pagar por los beneficios que obtienen por el alza del gas. de producción para la reducción del precio de la luz en el mercado mayorista.
El año pasado se estableció que toda planta de generación de más de 10 megavatios (MW) de potencia que no utilizara gas para producir electricidad debía devolver los beneficios extraordinarios obtenidos por el incremento del precio del mercado eléctrico como consecuencia del aumento del precio del gas, los conocidos como "windfall profits" o "beneficios caídos del cielo".
La recaudación se destinaría a reducir los cargos del sistema eléctrico para que la factura de la luz se redujera para todos los consumidores.
ACIE dice que, como parte de la energía de estas plantas ya estaba vendida a precios inferiores a los del mercado, con lo que no obtenían ningún beneficio extraordinario, y el Gobierno reguló condiciones adicionales para que esas plantas pudieran quedar exentas del pago.
En concreto, debían tener suscrito un contrato de compraventa de energía o PPA a más de 12 meses, antes o con posterioridad a la normativa, y el precio de la energía debía ser inferior a 67 euros/MWh.
Según ACIE, la regulación ha propiciado que los grandes grupos dominantes en lugar de pagar por sus beneficios, sean más competitivos en sus áreas de comercialización, pudiendo ofertar precios a los que los comercializadores independientes no pueden llegar.
La ACIE
La asociación indica que, según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), se está produciendo un "retorno masivo" de clientes a las comercializadoras de referencia y a las unidades de comercialización no regulada de los grupos dominantes.
Ello se debe, según ACIE, a que la normativa fomenta los acuerdos intragrupo de generación y comercialización de los operadores dominantes para vender entre sus sociedades la energía a precios muy por debajo del mercado diario y de futuros.
Para la asociación, la solución pasa por no permitir los contratos de largo plazo intragrupo u obligar a los grupos dominantes del sector a subastar parte de la energía para que sea accesible a todos los comercializadores.
ACIE recuerda que lleva meses solicitando al Ministerio la convocatoria de subastas inframarginales, en las que los grupos dominantes pongan parte de su generación al servicio de todos los agentes del sistema para permitir una competencia "real" en la comercialización eléctrica.
En el real decreto-ley del 14 de septiembre, también se establecía la celebración de subastas de contratos de venta de electricidad a largo plazo, en las que los grupos empresariales dominantes (Endesa, Iberdrola, Naturgy y EDP) estarían obligadas a ofertar electricidad e forma proporcional a su cuota de mercado.
Las comercializadoras independientes y los grandes consumidores podrían adquirir la energía en subasta y suscribir con los grandes grupos contratos a plazo con un período de liquidación igual o superior a un año.
La norma preveía que la primera subasta tuviera lugar antes de finalizara 2021, pero a fecha de hoy todavía no se ha celebrado.
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