Eléctricas

Así es cómo deben informar las distribuidoras sobre la capacidad libre en la red para que se enganchen los centros de datos y baterías

La clave del nuevo esquema reside en la obligación de publicar de forma mensual mapas actualizados que muestren cuánta capacidad firme queda disponible en cada nudo de la red

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Con la vista puesta en la transformación energética y la digitalización de la economía, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una esperada propuesta de resolución que detalla cómo las empresas distribuidoras de electricidad deben calcular y publicar la capacidad libre en sus redes. Se trata de un cambio normativo clave que allana el camino para la integración eficiente de centros de procesamiento de datos, sistemas de almacenamiento en baterías, estaciones de recarga para vehículos eléctricos e infraestructuras industriales de gran demanda energética.

Esta resolución, identificada como RDC/DE/002/25, es una de las más relevantes del año en el ámbito regulatorio energético. Desarrolla lo previsto en el artículo 18 y el anexo III de la Circular 1/2024 y establece, por primera vez, criterios técnicos homogéneos a nivel nacional para evaluar y gestionar el acceso a la red de distribución por parte de grandes consumidores eléctricos.

La clave del nuevo esquema reside en la obligación de las distribuidoras de publicar de forma mensual mapas actualizados que muestren cuánta capacidad firme queda disponible en cada nudo de la red. Esta capacidad, entendida como la potencia activa que puede ser atendida durante todas las horas del año sin comprometer la estabilidad del sistema, se convierte así en un dato público y accesible, crucial para planificar nuevas conexiones. El acceso a esta información ya no dependerá de trámites previos ni de evaluaciones opacas, sino que estará disponible el primer día hábil de cada mes, dos meses después de que la resolución entre en vigor.

En caso de que una solicitud de acceso sea rechazada, la nueva normativa impone a los gestores de red la obligación de emitir una justificación técnica detallada. Esta debe incluir los datos y escenarios empleados para concluir que no hay capacidad disponible, así como los motivos por los que no se utilizó el escenario habitual de máxima demanda neta si se optó por otra referencia. La resolución también exige que se detallen los cálculos empleados, así como las características técnicas de la red que imposibilitan la conexión. Esta medida busca eliminar la arbitrariedad y fomentar la confianza del sector en el proceso de asignación de capacidad.

Instalaciones singulares

Una de las grandes novedades del documento es la introducción del concepto de instalaciones singulares. Este término agrupa a aquellas infraestructuras que, por su tamaño o impacto, requieren una evaluación especial. Es el caso de grandes centros de datos, proyectos de electrificación industrial o nuevas instalaciones que concentren un consumo muy localizado y de gran volumen. Para estas solicitudes, la evaluación deberá considerar su influencia en el conjunto de la red, así como su capacidad de afectar a otros nudos, lo que puede derivar en la exigencia de informes adicionales.

El Gobierno lanza los primeros concursos de capacidad para la demanda a la red eléctrica
El Miteco publicará la resolución en el BOE con ocho procesos abiertos en seis CCAA y lanzará los concursos, que deben resolverse en un plazo máximo de seis meses.

La resolución también pone fin a la práctica de acumular permisos de acceso sin ejecutar los proyectos, algo que en los últimos años ha contribuido a bloquear capacidad útil en la red. En el caso de instalaciones conectadas a tensiones iguales o superiores a 36 kilovoltios, si no se firma un contrato de acceso por al menos la mitad de la capacidad concedida, y si dicho contrato no se mantiene durante un mínimo de tres años, los permisos caducan automáticamente. En instalaciones de baja tensión, aunque la normativa vigente no establece una caducidad expresa, los derechos asociados al uso de la red también están sujetos a plazos limitados si se rescinde el contrato de suministro.

Estudios técnicos

Otro de los aspectos clave de la resolución es la forma en la que deben realizarse los estudios técnicos para evaluar la viabilidad de una nueva conexión. Estos estudios deberán basarse en registros horarios reales de los últimos cinco años, y no en estimaciones o simulaciones teóricas. La idea es reflejar la situación más exigente y realista posible, de modo que la red esté preparada incluso en escenarios de máxima demanda o generación. Además, los estudios deberán considerar que el generador más grande de la zona no está operativo, para evitar que nuevas instalaciones dependan de una producción que podría cesar en cualquier momento.

También se regula la posibilidad de tramitar conjuntamente varias instalaciones bajo el concepto de agrupación, siempre que compartan características comunes, como el punto de conexión, la tecnología o la titularidad. Esta opción está diseñada para evitar la fragmentación artificial de proyectos y permite un análisis más eficiente de su impacto en la red.

En el caso del almacenamiento energético, que cada vez cobra más relevancia en el sistema eléctrico, la resolución exige una doble evaluación: tanto en su condición de consumidor de energía como en su papel potencial como generador. Esta perspectiva integral responde a la naturaleza flexible de las baterías y otros sistemas similares, que pueden almacenar energía en momentos de baja demanda y devolverla cuando el sistema lo necesita.

Finalmente, el documento define los límites técnicos dentro de los cuales se pueden realizar las nuevas conexiones. Dependiendo del nivel de tensión, existen capacidades mínimas y máximas que se pueden solicitar, así como criterios sobre las distancias permitidas para conectarse a la red existente. Estas condiciones buscan asegurar que la expansión del sistema eléctrico se haga de forma racional y eficiente, evitando sobrecostes innecesarios y asegurando una calidad de suministro adecuada.

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