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Autoconsumo compartido sí, pero limitado y restringido a un solo edificio

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Hace unos días os contábamos cómo se había incluido en el borrador del RD de conexión y acceso a redes la posibilidad de realizar autoconsumo compartido en España, obligado tras la sentencia del Tribunal Supremo.

En este borrador se propone medir la generación neta y de cada cliente individual. Es decir, que la energía generada se reparte entre los autoconsumidores en función de la potencia contratada de cada uno de ellos, y en el caso de los peajes, los fijos se facturan por potencia contratada y los variables por la energía horaria consumida de cada consumidor asociado. En la práctica es la suma de varias instalaciones de autoconsumo individual, no una compartida por todos los miembros de una comunidad de vecinos.

Para Gabriel Tevar, subdirector de Regulación de la Distribución de Endesa, "faltaba incluir cómo se puede articular y desarrollar la única propuesta más eficiente, que es el autoconsumo compartido, y en este RD por fin se recoge y que explica cómo se hace el reparto de la producción de esos paneles fotovoltaicos, mediante un porcentaje fijo que no se puede variar. La propuesta nos resuelve un problema bastante grande y además se permiten una serie de singularidades que permiten dar salida a emplazamientos más grandes".

Sin embargo, según el artículo Uno de la Disposición Final Segunda del borrador, esos "emplazamientos más grandes" a los que se refiere el experto estarían muy restringidos y limitados al considerar autoconsumo compartido solo al que se realiza dentro de la misma referencia catastral:

r) Autoconsumo colectivo: se dice que un sujeto consumidor participa en un autoconsumo colectivo cuando uno o varios generadores se encuentran conectados a la red interior de más de un consumidor ubicados en la misma referencia catastral identificada por sus catorce primeros dígitos. El autoconsumo colectivo podrá pertenecer a cualquiera de las modalidades de autoconsumo definidas en el artículo 4.

"Que se haya dado vía libre al autoconsumo compartido es positivo, pero limita su desarrollo", explica a El Periódico de la Energía Assumpta Farran, la directora del ICAEN (Institut Català d'Energia), "si solo se puede realizar dentro de una misma referencia catastral, eliminas de un plumazo a las manzanas de edificios e incluso la posibilidad de que un municipio que tenga varios edificios públicos, estén o no limítrofes, pueda desarrollarlo".

"Todo ese Real Decreto proviene de las propuestas que nuestro grupo de trabajo de UNEF presento al anterior Ministerio de Energía", señala José Donoso, director general de la patronal fotovoltaica, a nuestro diario, "durante mucho tiempo las estuvieron rechazando pero en el último momento acogieron muchas de nuestras propuestas".

Por eso, aunque está de acuerdo en que se de luz verde al desarrollo del autoconsumo compartido entiende que no es completo. "Estamos de acuerdo en que a una manzana de edificios o a un polígono industrial podría interesarles hacer una instalación de este tipo pero tal y como está redactado el Real Decreto se hace inviable, al igual que a un centro comercial, a una urbanización de chalets e incluso a un campus universitario, pero esto no se trata de hacer una red paralela, por lo que no se debería considerar autoconsumo compartido cuando varios edificios que no estén colindantes o contiguos quieran sumar sus producciones fotovoltaicas" añade Donoso, "en cualquier caso, desde UNEF ya hemos presentado nuestras alegaciones para que se suprima esa limitación, y esperamos que el nuevo Gobierno las incorpore. El autoconsumo compartido debería entenderse como una cuestión de libertad de empresa, es decir, que cada uno decida si le es rentable o no".

En unos meses, tras el periodo de alegaciones, el Ministerio de Transición Ecológica podrá anunciar qué cambios incorporará el futuro Real Decreto y si se abre más la mano para el desarrollo de este tipo de instalaciones.

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