El pasado 19 de enero, Iberdrola presentó una reclamación en relación con una publicidad de la que es responsable la empresa Repsol. La reclamación se dirige contra una publicidad difundida en televisión, prensa e internet en la que se promocionan los nuevos combustibles renovables de Repsol.
En las piezas publicitarias reclamadas se swcían los siguientes mensajes: "La calidad de
Repsol ahora 100 % renovable. A partir de residuos orgánicos. Ya disponible en más de 50
estaciones de servicio ya final de año en 600”; “Nuevos combustibles 100 % renovables de Repsol”.
Ante eso, Iberdrola acudió a Autocontrol e interpuso una reclamación por publicidad "engañosa o idónea para inducir a error". La eléctrica que preside Ignacio Galán está convencida de que dicha publicidad puede llevar a error al consumidor.
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Desestimación total
El organismo de supervisión ética de la publicidad en España revisó todos los anuncios publicitarios de Repsol a los que se refirió Iberdrola y no ha sido capaz de encontrar pruebas suficientes para dar la razón a la eléctrica, es más, todas las pruebas aportadas por la petrolera confirman que su publicidad ni es engañosa ni induce a error.
"Desestimar la reclamación presentada por Iberdrola Clientes, S.A.U, en relación con una
publicidad de la que es responsable la mercantil Repsol, S.A.", reza la resolución.
De esta manera, Autocontrol impone a Iberdrola el pago de las tasas que eventualmente pudieran devengarse por la tramitación del procedimiento.
El organismo ha echa por tierra los tres argumentos de la eléctrica y desestimado uno por uno los tres puntos.
Así, la resolución destaca que "en relación con la calificación de los combustibles de Repsol como 100% renovables, debe hacerse constar ante todo que Iberdrola no ha aportado al presente procedimiento ninguna prueba de la que se pueda desprender elemento alguno que permita poner en duda el carácter renovable de los nuevos combustibles de Repsol. En cambio, Repsol ha acreditado que, en la medida en que los carburantes son elaborados
con residuos orgánicos, cumplen los requisitos de la Directiva de Renovables “RED” y el
Real Decreto 376/2022 por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción
de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y
combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases
renovables".
"Sólo cabe concluir que frente a la ausencia de cualquier prueba en el expediente de la que se desprendan elementos que permitan dudar del carácter 100% renovable de los combustibles promocionados, Repsol ha aportado un principio de prueba suficiente para sostener la veracidad de dicha calificación", explica el organismo en su resolución.
Expertos
Para alcanzar estas afirmaciones, Autocontrol contó con la colaboración de expertos que también entendieron que la publicidad de Repsol no inducía a error.
"Nos encontramos de nuevo ante una situación en la que no existe prueba alguna en el expediente que permita dudar de la compatibilidad del combustible XTL de Repsol con los motores de vehículos que no estén etiquetados como XTL. Y frente a esta ausencia de prueba, el informe del experto aportado al procedimiento con el consenso de ambas partes es claro y contundente al afirmar dicha compatibilidad, no sólo con base en el estudio aportado por Repsol, sino en base también a toda la bibliografía previa que le permite afirmar que los combustibles diésel fósil etiquetados como B7 y los combustibles etiquetados como XTL son equivalentes", reza la resolución.
"En relación con las características del combustible XTL (en el caso de los vehículos diésel), la publicidad reclamada no es susceptible de inducir a error en cuanto a sus compatibilidad con vehículos diésel que no cuenten con esa etiqueta", explica Autocontrol.
Algo parecido sucede con la gasolina E10 (la súper de 98 octanos) y Autocontrol también le da la razón a la petrolera.
De momento, Repsol ha conseguido ganar la primera de las batallas. Ahora queda por resolverse la demanda interpuesta por Iberdrola contra Repsol en los juzgados de Santander.
Iases
16/04/2024