Política energética

Bruselas descarta establecer un tope al gas a nivel europeo y opta por limitar el precio a renovables y nuclear para abaratar la luz

La Comisión Europea también quiere que se establezcan objetivos de reducción de la demanda de electricidad al igual que se ha hecho con el gas

9 comentarios publicados

La Comisión Europea ya maneja un nuevo documento como principal borrador para la reunión de los ministros de Energía de la UE el próximo 9 de septiembre.

En dicha reunión se quiere fijar ya cuáles van a ser los métodos a estudiar para tratar de intervenir el mercado eléctrico y frenar de una vez por todas los precios de la electricidad en Europa.

Según un documento de 23 páginas al que ha tenido acceso El Periódico de la Energía, la Comisión Europea valora distintas medidas y entre ellas se sitúa establecer un tope al precio del gas que se usa para la generación eléctrica, el mismo mecanismo que la excepción ibérica, pero que se extendería a todo el territorio de la Unión Europea.

Las autoridades comunitarias han decidido descartar este mecanismo de la excepción ibérica porque "a pesar de lograr unos precios más bajos", esta medida "conduce a un aumento muy significativo en el uso de gas para la generación de energía. Este aumento en el consumo de gas se concentraría en los Estados miembros con una gran flota de energía a gas, algunos de los cuales se verían fuertemente afectados al mismo tiempo por una posible interrupción del suministro de gas ruso durante el próximo invierno", señala el documento.

Tecnologías afectadas con el cap

Por ello, prefiere la Comisión Europea establecer ese cap o límite en el precio a las tecnologías inframarginales, que en el caso de Bruselas contempla a las renovables intermitentes (eólica, solar), la nuclear y parte de la hidráulica.

Según el documento, se trata de un límite en el precio de la electricidad obtenido por aquellos generadores inframarginales para garantizar que no obtengan ingresos significativamente superiores a sus costos. El tope de precios puede extenderse a esquemas de apoyo (subastas) en caso de que tales esquemas generen ingresos por encima del tope.

La medida se realizaría tras la liquidación de la subasta del mercado diario, según explica Bruselas.

El impacto de la medida variaría de un Estado miembro a otro, ya que depende de la cuota de generación inframarginal, así como del diseño de las medidas de apoyo a las fuentes de energía renovable existentes.

Según los expertos de Bruselas, con. este mecanismo no se incrementan las exportaciones de electricidad a terceros países ya que el tope se aplica ex post para evitar que el despacho eficiente y el comercio transfronterizo se vean afectados por el mismo.

Por tanto, tampoco tendría por qué verse afectada o aumentada la producción con ciclos combinados de gas.

Eso sí, este límite de precios podría acarrear problemas contra contratos ya cerrados o hacer que los inversores dejasen de invertir. Para ello, Bruselas dicce que "el riesgo se puede mitigar estableciendo el tope a un nivel que aún proporcione incentivos para invertir en tecnologías descarbonizadas".

Reducción de demanda obligatoria

La otra gran medida que quiere elevar la Comisión a la reunión de los ministros de Energía es reproducir lo que se ha hecho con el gas en materia de ahorro energético pero con la electricidad.

Bruselas propone hacerlo a a través de algún tipo de mecanismo de interrumpibilidad, que se pague a aquella empresa, industria que deje de consumir.

"Estas medidas de reducción de la demanda pueden tomar diferentes formas, siendo la más importante a.) la introducción de esquemas de licitación bajo los cuales categorías particulares de consumidores ofrecen detener y/o cambiar el consumo de los momentos de carga máxima o b.) la introducción de objetivos de reducción de la demanda para ciertos consumidores por categorías".

Cada país se establecería un objetivo de reducción de la demanda y así se conseguiría bajar los precios de la energía.

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9 comentarios

  • Miguel

    02/09/2022

    Ya me parecía extraño que, como se comentaba días atrás, en Europa quisiesen implantar la excepción Ibérica en toda la UE. No tenía sentido por los efectos secundarios que provoca de aumento de consumo de gas, cuando lo que se pretende es reducir.

    La solución más rápida para tocar lo menos posible las cosas del mercado es que de algún modo fuercen a firmar contratos de venta a plazo entre generadores y comercializadoras o empresas, de modo que se saque del mercado al contado el máximo posible de renovables que ahora están haciendo su Agosto. La nuclear ya se está vendiendo en su mayoría a plazo con precios fijos, al menos en países como España y Francia y probablemente Alemania.
  • Carlos

    02/09/2022

    Aquí falta saber también cómo quedará el tema para los autoproductores, que ahora con la excepción ibérica estamos pagando la energía a 40 céntimos y nos la pagan a solo 10 céntimos el kWh, desincentivando la inversión en paneles solares en casa y provocando el vertido cero en muchos casos. De ahí la iniciativa de la huelga energética-solar para el 7 de septiembre de 2022. Podéis encontrar más información por youtube.
  • Pablo

    03/09/2022

    No me cabe duda de que la mejor manera de avanzar en la descarbonizacion y la autonomía energética europea sea castigar a los productores que usan renovables.
    Algunos de los miles de españoles que están implantando autoconsumo se van a acordar de lo maravilloso que es verter a la red eléctrica.
  • José Antonio

    03/09/2022

    Favor de ofrecer el enlace de YouTube.
  • Miguel

    05/09/2022

    Las grandes plantas fotovoltaicas generan electricidad a unos 3-4 vecinos de euro el kWh, así que si alguno se piensa que a él se lo van a pagar mucho más caro es que lo llevan claro..10 céntimos en un precio muy alto en el medio plazo (2 años).
    Las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo residencial están pensadas para gastar la energía generada, no para vender a Red. Para eso están los productores.
  • Jorge

    05/09/2022

    En mi caso me surge una duda. En la actualidad en España está en vigor el RDL17-2021 , cuyo Titulo III recoge "Mecanismo de minoración del exceso de retribución del mercado eléctrico causado por el elevado precio de cotización del gas natural en los mercados internacionales" , y que seprorogó mediaante el Real Decreto-ley 11/2022 hasta 31-12-2022. Cito literalmente:

    ----------------------------------------------------------------------
    Artículo 4. Minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica.

    Con efectos desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, y hasta el 31 de diciembre de 2022, se minorará la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica de las instalaciones de producción de tecnologías no emisoras de gases de efecto invernadero, en una cuantía proporcional al mayor ingreso obtenido por estas instalaciones como consecuencia de la incorporación a los precios de la electricidad en el mercado mayorista del valor del precio del gas natural por parte de las tecnologías emisoras marginales.
    ------------------------------------------------------------
    Es decir , no está ya en vigor algo similar en España? De ser así , no entiendo el revelo causado , al menos en lo referente al a península.

    ¿Alguien puede aclararme esta duda o indicarme si mi interpretació nes errónea?

    Gracias.
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