La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado la circular que adapta la retribución del gestor técnico del sistema gasista, Enagás, al año del gas (del 1 de octubre del año anterior al 30 de septiembre del año en curso).
Esta era la única de la retribuciones de las actividades reguladas que no había pasado del año natural al año del gas.
Este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la circular que modifica otra de enero de 2020 sobre la metodología del retribución del gestor técnico del sistema gasista, cuando se determinó para que se hiciera por años naturales.
Ahora la CNMC modifica la retribución del gestor del sistema para coordinarlas con las demás retribuciones de actividades reguladas del sector gasista.
El documento también modifica algunos aspectos de la retribución por incentivos y el procedimiento de liquidación de la cuota para la financiación de la retribución del gestor técnico del sistema.
Según la nueva circular, cada periodo regulatorio tendrá una duración de tres años y desde el 1 de octubre de 2023 la retribución del gestor técnico se determinará en años de gas completos.
Para la transición de años naturales a años de gas, la retribución de 2023 se referirá al periodo temporal del 1 de enero al 30 de septiembre.
La primera retribución por año de gas será la correspondiente al año de gas 2024, que se establecerá para el periodo temporal del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.
La retribución de Enagás
La retribución del gestor técnico del sistema estará compuesta por una base de retribución, un tramo de retribución por incentivos, el importe devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones, y un término que recoge ajustes retributivos por diferencias entre importes estimados y realmente incurridos.
Para cada periodo regulatorio, se establecerá mediante resolución de la CNMC el límite inferior y superior del tramo de retribución por incentivos.
El desarrollo del mecanismo de retribución por incentivos del gestor técnico del sistema se llevará a cabo mediante circular.
Los indicadores de eficiencia se referirán a la operación y gestión del sistema y la correcta coordinación de las distintas infraestructuras; la continuidad y seguridad del suministro de gas natural, y el acceso de terceros a las instalaciones del sistema gasista, así como a la gestión del balance de gas en las instalaciones.
Asimismo, la circular establece que antes del 1 de octubre del año de gas la CNMC aprobará la cuantía de la retribución del gestor técnico del sistema del año de gas correspondientes.
Los incentivos del año 2021 se valorarán con los indicadores del año de gas 2022, que transcurre del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022; mientras que los incentivos del año 2023 se valorarán con los indicadores del año de gas 2023, que transcurre del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.
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