Renovables

El Gobierno acota la aceleración de la tramitación solo a proyectos renovables en zonas de sensibilidad ambiental baja

Los proyectos ubicados en zonas de sensibilidad moderada que hubieran iniciado su tramitación podrán continuarla

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El Gobierno ha decidido limitar el procedimiento acelerado para la aprobación de proyectos renovables, aprobado en marzo, a las plantas ubicadas en áreas de sensibilidad baja según la Zonificación ambiental para energías elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica.

Ante la emergencia provocada por los precios energéticos internacionales y para acelerar la instalación de renovables en España, el Gobierno habilitó en marzo un procedimiento temporal acelerado, vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, para determinar la afectación ambiental y la tramitación de nuevas plantas eólicas menores de 75 megavatios (MW) y fotovoltaicas de menos de 150 MW.

Estas plantas debían estar fuera de la Red Natura 2000 y en áreas de sensibilidad baja o moderada según la zonificación ambiental, una herramienta cartográfica que permite conocer los valores ambientales o las figuras de protección de las diferentes zonas de España de cara a la implantación de instalaciones fotovoltaicas o eólicas en ellas.

Ahora, la posibilidad de acogerse al procedimiento acelerado queda limitado a la zonas de baja sensibilidad ambiental, según el real decreto ley aprobado el sábado por el Consejo de Ministros con nuevas medidas para paliar el impacto de la invasión de Ucrania por parte de Rusia y que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Urgente necesidad

Según consta en el texto legal, resulta de extraordinaria y urgente necesidad introducir algunos ajustes con la finalidad de perfeccionar las medidas de agilización de los procedimientos relativos a los proyectos renovables.

El objetivo es reforzar las garantías de protección ambiental en el procedimiento acelerado.

Para ello, se refuerza la participación pública y se garantiza la evaluación de los impactos de los proyectos que se ubiquen en zonas de sensibilidad ambiental moderada, sin comprometer la necesidad de acelerar la descarbonización y reducir la dependencia energética, que en dicha norma justificó la adopción de esa medida de carácter coyuntural.

No obstante, los proyectos ubicados en zonas de sensibilidad moderada que hubieran iniciado su tramitación conforme a lo previsto en la redacción originaria del Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, podrán continuarlo.

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