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El Gobierno canario declara 18 parques eólicos de interés estratégico para las Islas

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El Consejo de Gobierno de Canarias ha declarado dieciocho parques eólicos de interés estratégico para el archipiélago, lo que reducirá a la mitad los plazos administrativos para su puesta en marcha, ha informado la consejera de Obras Públicas y Transporte, Ornella Chachón.

De ellos, once están situados en Gran Canaria, cinco en Fuerteventura y dos en Tenerife.

La consejera ha indicado que "la energía eólica es fundamental" para el archipiélago, lo que ha motivado esta decisión con el fin de acortar los plazos administrativos para su puesta en marcha.

Los parques eólicos declarados de interés estratégico son el "Parque Eólico Balcón de Balos", el "Parque Eólico de Vientos del Roque" y el "Parque Eólico Tiscamanita", en Agüimes; el "Parque Eólico Camino de la Madera", en Santa Lucía, y el "Parque Eólico de Los Nicolases", en Santa Lucía.

Asimismo, los "Parques Eólicos La Sal", el "Parque Eólico La Sal II" y "Parque Eólico La Sal III", en Telde.

Igualmente, los "Parques Fuerteventura Renovable I", "Parques Fuerteventura Renovable II" y "Parques Fuerteventura, Renovable III, todos en La Oliva; el "Parque Eólico El Tabaibal", en Santa Lucía, y los "Parque Eólico Haría"y "Parque Eólico Ajui", en Agüimes.

También se han declarado estratégicos el "Parque Eólico Finca San Juan" y "Parque Eólico Icor", en Arico; el "Parque Eólico Rosa Catalina García", en Tuineje, y el "Parque Eólico Proyecto Alisio", en Pájara.

La Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas para Canarias fue aprobada con el objetivo de agilizar la tramitación, en las administraciones públicas, de los expedientes relacionados con iniciativas y proyectos de inversión que sean declarados de interés estratégico por parte del Gobierno de Canarias, ha recordado la consejera.

El texto legal establece que tienen la consideración de inversiones de interés estratégico las que sean declaradas como tales por parte del Gobierno de Canarias, en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las Islas.

Así, por ejemplo, aspectos como el impacto sobre la economía insular o canaria, especialmente en el ámbito de la generación de empleo y la capacidad para movilizar inversión privada interna o externa.

También se incluye la repercusión en sectores de especial interés para el Archipiélago, como el turismo, las energías, la industria, la innovación, el tratamiento y reciclado de residuos, la internacionalización, entre otros, son criterios sobre los que apoyar la declaración de una inversión como de interés estratégico para Canarias.

La ley contempla que estos proyectos pasarán a ser tramitados en la mitad de tiempo en los procedimientos administrativos previstos en la normativa de cualquier administración publica canaria, salvo en los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, los procedimientos de concurrencia competitiva y los de naturaleza fiscal.

Además, se establece que en la tramitación, aprobación y ejecución del planeamiento urbanístico, cuando tenga por objeto exclusivo obras e instalaciones de inversiones declaradas de interés estratégico, los plazos también se reducirán a la mitad.

Asimismo, se reducirán a la mitad los plazos para el otorgamiento de cualquier licencia que resulte necesaria para la ejecución, apertura o funcionamiento de dichas obras e instalaciones, salvo en las que la normativa estatal lo impida.

De igual manera ocurrirá con los plazos establecidos para los procedimientos medioambientales.

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