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El Real Decreto 56/2016 publicado en el BOE el 13 de febrero transpone parcialmente la Directiva de eficiencia energética 2012/27/UE y la Directiva de eficiencia energética de edificios 2010/31/UE en lo que se refiere a auditorías energéticas y la definición del edificio de consumo de energía casi nulo. Dos incumplimientos por los que España estaba advertida por Bruselas de ser demandada de oficio ante el Tribunal Europeo de Justicia (TJUE). In extremis, el Gobierno ha desatascado un decreto que llevaba dos años en borrador.

La Directiva de eficiencia energética se publicó el 25 de octubre de 2012 y su plazo de transposición finalizó el 5 de junio de 2014. En plena recesión, sus objetivos eran reducir las importaciones energéticas, proteger a los consumidores dándoles participación directa en la gestión de la demanda y reactivar la economía. Se trataba de una directiva anticíclica, pero el Gobierno de España pensó todo lo contrario y en el escrito en el que argumentó su voto en contra, el 2 de octubre de 2012, dejó claro que representaba un obstáculo para la recuperación económica y la reactivación de la construcción.

La eficiencia energética ha provocado alergia en el Ministerio de Industria al considerar el ahorro de energía como menos facturación del sector eléctrico y más déficit de tarifa. La sostenibilidad económica del sistema se ha identificado  exclusivamente con el mantenimiento de los ingresos del sector eléctrico. Por eso no se han transpuesto las directivas europeas, no se ha reformado el mercado mayorista y se ha adoptado la medida más injusta de pagar más por la energía contratada que por la energía consumida.

Pero el RD 56/2016 es una medida parcial e incompleta que sigue dejando fuera del ordenamiento jurídico nacional más de la mitad del contenido de la directiva de eficiencia energética. Sólo se ha cumplido lo referente al Fondo Nacional de eficiencia energética y el sistema de obligaciones del 1,5% de la facturación de las empresas que venden energía para financiarlo.

El núcleo principal de la directiva es la rehabilitación del parque de edificios. El Gobierno envió en 2014 a Bruselas una estrategia nacional que promueve el gas natural en la rehabilitación y deja fuera a las renovables, el autoconsumo, la contabilización del CO2 y los dispositivos inteligentes. España carece de compromiso alguno de rehabilitación energética pese a ser el mayor yacimiento de empleo. Nada preocupa que, ahora que se empieza a recuperar el sector, se repita el grave error de una construcción ineficiente.

Nadie ha explicado por qué esta medida se ha retirado cuando figuraba en los borradores del decreto y su balance coste-beneficio es tan positivo para el ahorro energético

Los artículos de la directiva que se refieren a los contadores y a la facturación energética tampoco se han trasladado a la legislación nacional. Si así se hiciese obligaría a revisar en profundidad todo el plan de cambio de contadores que incumple la directiva europea y limita el derecho de los consumidores a gestionar su propia demanda, como exige la norma comunitaria.

La decisión de eliminar la obligación para enero de 2017 de contadores de consumo individuales para sistemas centralizados es otra patata caliente que se deja para el próximo gobierno. Nadie ha explicado por qué esta medida se ha retirado cuando figuraba en los borradores del decreto y su balance coste-beneficio es tan positivo para el ahorro energético.

La directiva obliga a los gobiernos a eliminar aquellos incentivos que vayan en contra de la eficiencia energética y de la participación de los consumidores en el sistema  así como fomentar los servicios energéticos, evitando que se pueda cerrar el mercado a la competencia o el abuso de posición dominante. Lejos de eso, la reforma energética ha cargado al consumidor todos los costes del sistema a través de la revisión automática de los peajes y la subida del término de potencia que incentiva el consumo y penaliza el ahorro.

Pero la sorpresa del decreto está en la disposición adicional cuarta que define el edificio de consumo de energía casi nulo como el edificio con autoconsumo, copiando literalmente la Directiva de eficiencia energética de edificios, por cuyo incumplimiento España estaba advertida por la Comisión Europea. Pero también esta disposición es incompleta porque Bruselas exige un plan nacional que no se ha hecho.

Alguien debería explicar por qué los mismos que han denostado el autoconsumo y que en un decreto han establecido todo tipo de obstáculos para el acceso de los consumidores al autoconsumo, ahora lo reconocen en otro decreto bajo la amenaza de una demanda de Bruselas.

El gran error de la reforma energética ha sido considerar la sostenibilidad del modelo energético únicamente desde el interés de las grandes corporaciones energéticas, despreciando que el centro del sistema lo debe ocupar el consumidor. Este es el principal mandato de las directivas europeas. Por eso, a nosotros siempre nos quedará Bruselas.

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