El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado a consulta pública la orden ministerial que permite un reparto variable para cada hora del año de la energía generada por las instalaciones de autoconsumo compartido.
En concreto, esta propuesta de orden modificará el Real Decreto de autoconsumo que fija, en origen, coeficientes de reparto fijos, pero prevé la posibilidad de que estos evolucionen hacia coeficientes variables. No obstante, se mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.
El mecanismo que se emplea para distribuir la energía generada por las instalaciones de autoconsumo entre todos sus consumidores son los coeficientes de reparto. Hasta ahora, la normativa vigente establece coeficientes de reparto fijos para usuarios de autoconsumo compartido, pero prevé la posibilidad de que estos evolucionen hacia coeficientes variables.
El gabinete dirigido por Teresa Ribera indicó que el objetivo de esta modificación es que los usuarios de autoconsumo colectivo puedan establecer coeficientes dinámicos para cada hora del año, lo que permite optimizar el reparto de energía generada por la instalación de autoconsumo compartido entre sus usuarios, especialmente cuando estos tienen pautas de consumo muy diferentes, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.
La normativa, lanzada a consulta pública hasta el próximo 5 de abril, establece que los coeficientes variables deben establecerse con anterioridad a que se produzcan los consumos y se genere la energía para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en la remisión de los datos a estas. Asimismo, la información de los coeficientes de reparto debe comunicarse al encargado de la lectura.
NO SE PODRÁN CAMBIAR CON UNA PERIODICIDAD INFERIOR A 12 MESES
Los coeficientes variables deberán establecerse para cada hora del año (tendrán que sumar 1 en cada una de esas franjas) y no se podrán cambiar con una periodicidad inferior a doce meses.
Además, para no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, excepcionalmente se prevé que estos puedan realizar una primera modificación hacia coeficientes variables, aunque no haya transcurrido un año desde que iniciaron su autoconsumo.
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