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El Gobierno vuelve a perder en el Supremo con las eléctricas: tendrá que devolver a Iberdrola casi 8 millones de euros

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Desde que el mundo es mundo, o casi, las eléctricas han recurrido en su mayoría cada una de las normativas que aprobaban desde el Ministerio de Energía. Y casi siempre las ganan. Ahora, una vez más las eléctricas, en este caso Iberdrola, ha vuelto a ganar un recurso en el Tribunal Supremo.

Se trata del recurso contencioso-administrativo número 1/3349/2016, interpuesto por Iberdrola España, S.A.U. contra la Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban determinadas instalaciones tipo y parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo sentenció el pasado día 4 que estimaba en parte dicho recurso y que anulaba dos artículos de dicha Orden de peajes de 2016.

Entre los artículos recurridos, el Tribunal Supremo ha anulado el art. 5 y el art. 8. El primero de ellos fijaba para 2016 la partida correspondiente para la parte recurrente en la financiación del déficit de 2013 y el artículo 8 establecía el incentivo o penalización de reducción de pérdidas de la parte recurrente correspondiente a la retribución del año 2015, asociado a pérdidas de la red del año 2013.

Tras anular dichos artículos, el Alto Tribunal condena al Gobierno a resarcir los daños causados a Iberdrola. Por ello, "ordena a la Administración que calcule de nuevo los intereses correspondientes a las cantidades aportadas por la parte recurrente para la financiación del déficit de 2013, desde la fecha de su respectiva aportación, y la diferencia respecto de la parte recurrente entre las cantidades resultantes del incentivo o penalización por reducción de pérdidas

correspondiente a la retribución de la distribución del año 2015, asociada a los niveles de pérdidas de la red del año 2013, recogido en la Orden impugnada y las que resulten de la aplicación del criterio horario para el cálculo del incentivo o penalización allí donde disponga de tal información".

De esta manera, reconoce el derecho a Iberdrola para cobrar la cantidad resultante, incluidos los intereses de demora en estos meses de aplicación de la sentencia.

Fuentes del mercado consultadas por este diario afirman que la cantidad no es muy alta pero que rondaría los 8 millones de euros.

Ahora el Gobierno tendrá que enviar la sentencia a la CNMC para que recalcule estas cantidades. En cuanto obtenga la cifra, el Ministerio de Energía tendrá que decidir cómo devolver ese dinero. Podría hacerlo de distintas maneras, pero lo más seguro es que finalmente se decante por devolver el dinero a través del superávit eléctrico conseguido en los últimos ejercicios.

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