El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales contra el real decreto que traspone la directiva europea sobre eficiencia energética.
Según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el recurso fue interpuesto en la sala tercera, sección tercera del Tribunal Supremo y admitido a trámite por diligencia el pasado 10 de marzo.
El pasado mes de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el real decreto 56/2016, por el que se traspone la directiva europea relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas.
La normativa establece la obligación de realizar auditorías energéticas para las grandes empresas de más de 250 trabajadores o más de 50 millones de euros de volumen de negocio para mejorar su consumo energético.
Este real decreto busca impulsar la eficiencia energética en ámbitos, además de las auditorías energéticas, como el de la acreditación de auditores y proveedores de servicios energéticos o la promoción de la eficiencia del suministro de energía.
Además, el real decreto establece los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica.
Los proveedores de servicios energéticos deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil. En la sede electrónica del IDAE existirá un listado de proveedores de servicios energéticos habilitados.
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