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El Supremo ve inadmisible el recurso de Escal contra el cierre del Castor

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El Tribunal Supremo ha declarado inadmisible el recurso de Escal contra el acuerdo de desmantelamiento del almacén Castor, al entender que la sociedad carece de legitimación para impugnar la decisión del Consejo de Ministros de octubre de 2019 que cerró definitivamente la instalación.

La sala tercera del Supremo atiende así al criterio de la abogacía del Estado y de Enagás.

En su recurso, Escal denunciaba que no se le había dado audiencia en el expediente de aprobación del acuerdo de desmantelamiento del almacenamiento subterráneo Castor, pese a considerar que tenía carácter de interesado, en la medida en que fue incluida en el sistema de liquidaciones del sistema del déficit tarifario de gas natural.

Pero en su sentencia fechada el pasado 11 de noviembre, el Supremo recuerda que su doctrina jurisprudencial sobre la apreciación de la legitimación se fundamenta en la demostración de que la disposición u acto administrativo impugnados ha producido o ha podido producir una lesión jurídica de derechos o intereses legítimos en sentido propio.

Y en el presente caso, los intereses económicos esgrimidos por Escal "no guardan conexión con el objeto del recurso", ya que el acuerdo de desmantelamiento del Consejo de Ministros "no contempla ninguna disposición de carácter retributivo para el anterior concesionario".

Las obligaciones impuestas por el desmantelamiento sólo incumben a Enagás, añade el Supremo.

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