
El Gobierno ha aprobado este viernes la modificación de un real decreto para fijar nuevas especificaciones para los combustibles de uso marítimo, con el objetivo de adaptarlas a las normas comunitarias en materia de biocarburantes y contenido de azufre.
Según la referencia del Consejo de Ministros, esta modificación traspone una directiva comunitaria de 2013 que afecta a las gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo que utilizan los buques.
Estas nuevas especificaciones son especialmente restrictivas en las denominadas zonas SECA -“Sulphur Emission Controlled Areas”, que abarcan los mares Báltico, Caribe, Puerto Rico y las Islas Vírgenes, así cono un área de 200 millas náuticas en las costas de Canadá y los Estados Unidos-, donde el contenido de azufre en los combustibles marinos no puede superar el 0,1%.
En el resto de zonas, el límite se mantiene en el 3,5% hasta el 31 de diciembre de 2019 y, a partir de esa fecha, del 0,5%.
Con las nuevas modificaciones, el contenido de azufre no podrá superar el 0,1% de los gasóleos ni el 1% de los fuelóleos pesados, salvo en grandes instalaciones de combustión y refinerías.
Además, entre otras restricciones, los buques atracados en puertos españoles no podrán utilizar combustibles con un contenido de azufre superior al 0,1%.
Estas limitaciones podrán superarse si el buque utiliza métodos de reducción de emisiones que le permitan adaptar estas a niveles equivalentes a los logrados con los combustibles adaptados.