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En vísperas de la cumbre sobre el cambio climático en París, es momento oportuno para reconocer la relevancia de este tema y el creciente impacto que tendrá sobre todas las políticas, en particular las de energía, medioambiente, agua, vivienda, turismo, seguridad, transporte, agricultura y educación.  Aunque el cambio climático es sólo un factor entre otros en la definición de las políticas, será cada vez más importante.

Por este motivo, es aconsejable que el nuevo gobierno español introduzca legislación – con el máximo consenso posible – sobre como afrontar los desafíos y las oportunidades del cambio climático en las próximos décadas.  Es cierto que necesitamos acuerdos y líneas de actuación globales y europeas, pero también hace falta dirección y liderazgo a nivel nacional y sub-nacional, además de un impulso serio por parte de la sociedad civil y del mundo empresarial.

La legislación británica

Otros países de la UE han introducido legislación sobre cambio climático y me parece especialmente interesante el ejemplo británico.  En resumen, su legislación,  de 2008, fija metas concretas en cuanto a la reducción de las emisiones de gas de efecto invernadero (GEI) en 2050 y para cada quinquenio intermedio.  En su caso, la meta es  la de una reducción de al menos 80% de las emisiones de GEI comparado con el nivel en 1990, en línea con los compromisos políticos (pero todavía no legales) a nivel europeo.  También, establece las bases para el análisis de las estrategias alternativas para conseguir estas metas y para el control de su cumplimento.

La legislación crea un ente independiente, el Comité de Cambio Climático (CCC) que debe reportar al parlamento. El CCC ha sido un actor con mucha influencia sobre las decisiones gubernamentales. Sus tareas incluyen:

  • Asesorar al gobierno sobre el nivel apropiado de los “presupuestos de carbono” (carbon budgets) y los pasos requeridos para no superarlos. Estos presupuestos definen el límite máximo de emisiones de GEI que Gran Bretaña puede emitir en cada período de 5 años, una vez definida por ley la reducción para 2050.
  • Controlar (monitorear) el progreso en el cumplimiento con estos presupuestos y recomendar las acciones necesarias.
  • Asesorar al gobierno sobre el plan de adaptación a los riesgos de cambio climático, incluyendo la identificación de oportunidades.
  • Hacer y publicar análisis independientes sobre ciencia, economía y política de cambio climático.
  • Intercambiar ideas con un amplio abanico de organizaciones e individuos para compartir evidencia y análisis, promover comprensión del tema y debate basado en la evidencia para apoyar las decisiones.

¿Es este modelo relevante para España?

Estoy convencido de que sí. En primer lugar, la preparación de una ley como la británica obligaría a debatir cuál debería ser el alcance de la reducción de emisiones de GEI para 2050, tomando en cuenta los objetivos de la UE, las emisiones actuales en España y los posibles caminos para llegar a las reducciones necesarias. Es muy probable que para alcanzar esta meta en el tiempo establecido,, será necesario la casi total descarbonización del sector eléctrico y la electrificación del transporte y la calefacción, abriendo la pregunta de a quién le corresponde pagar por esto y cómo se debe financiar esta transición.

David Robinson, director del estudio 'El efecto tijera'.
David Robinson, director del estudio 'El efecto tijera'.

Segundo, por ser una ley que afecta a todos los sectores, es de esperar que todas las políticas sectoriales sean más coherentes y coordinadas y que los costes se repartan de forma más eficiente y transparente que de no haber dicha ley.

Tercero, una ley daría mayor seguridad jurídica a los inversores sobre las intenciones de España, fomentando la inversión y la innovación en el desarrollo de productos y servicios a favor de la descarbonización.  Además, un ente como el CCC sería independiente del gobierno de turno. Esta independencia implicaría mayor probabilidad de continuidad de análisis y política.  Todo esto debería ayudar a que el coste de cumplir con las obligaciones fuera el menor posible.

Cuarto, un ente como el CCC introduciría una disciplina sobre las decisiones de los gobiernos. El comité no tomaría decisiones sobre la legislación ni sobre la regulación. El gobierno siempre tendrá libertad de cambiar la orientación de su política, como ha hecho muy recientemente el gobierno británico con su apuesta por el gas natural y en contra del carbón y de limitar el apoyo financiero a las renovables.  No obstante, el CCC ofrecería análisis y recomendaciones difíciles de ignorar, mientras que la ley pondría límites a la discrecionalidad.

Quizás en España la idea de un ente “independiente” suena raro y hasta imposible.  No obstante, cada día es más evidente la importancia de tener tales organismos (como la Auditoria Independiente de Responsabilidad Fiscal) y de vigilar por su independencia, reportando y respondiendo al parlamento y no sólo a un ministerio. Ahora, con la necesidad de pactos entre diferentes partidos políticos, la idea de entes independientes como el CCC será mas factible.

España parece proclive a esperar las directrices de Bruselas, mientras que la ley que propongo se estaría adelantando a las mismas.  No creo que haya problema. Sería oportuno tomar la iniciativa y ofrecer ideas que influyan en futuras directrices europeas. De ser necesario, siempre se la podría adaptar o cambiar para ser consistente con la legislación europea.

Me parece también oportuno que la ley promueva iniciativas a nivel autonómico y municipal, además de iniciativas de la sociedad civil y el mundo empresarial. Remando en la misma dirección, haremos progreso.  Una ley sobre cambio climático puede ofrecernos una clara dirección además de promover el debate y la colaboración entre los distintos sectores de la sociedad.

David Robinson es presidente de David Robinson & Associates, miembro del Oxford Institute for Energy Studies y del Consejo Editorial del Periódico de la Energía.

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