Eficiencia  ·  Política energética

Invertir en energía limpia tiene premio: todas las deducciones fiscales que impulsan la transición energética en España

El Gobierno ofrece deducciones de hasta el 60% en el IRPF por mejorar la eficiencia energética de viviendas o comprar vehículos eléctricos

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En plena carrera hacia la sostenibilidad, el Gobierno de España ha reforzado su compromiso con la transición energética a través de un sistema de incentivos fiscales directos que premia las inversiones en eficiencia energética en viviendas y la adquisición de vehículos eléctricos. Estas medidas se canalizan a través de deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con porcentajes que pueden alcanzar el 60% del coste total de las actuaciones.

El objetivo es doble: reducir la demanda energética de los hogares y favorecer un cambio en el modelo de movilidad, dos ejes esenciales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos europeos.

Autoconsumo

La instalación de paneles solares para autoconsumo ha experimentado un auge sin precedentes en los últimos años. Cada vez más hogares incorporan sistemas fotovoltaicos a sus viviendas, motivados por el ahorro económico a largo plazo, el incremento del valor del inmueble, la independencia energética... y ahora también por las deducciones fiscales.

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Una de las deducciones estrella es la que permite desgravar en el IRPF entre un 20% y un 60% del importe invertido en la mejora de la eficiencia energética de la vivienda. En el caso concreto de las instalaciones fotovoltaicas, cualquier contribuyente que haya ejecutado estas obras en su vivienda unifamiliar puede beneficiarse de esta deducción, siempre que las obras se hayan realizado antes del 31 de diciembre de 2025. Eso sí, es imprescindible acreditar mediante un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) que el consumo de energía primaria no renovable se ha reducido en al menos un 30% tras la intervención.

Este beneficio fiscal se aplica sobre una base máxima anual de entre 5.000 y 7.500 euros, y es compatible con otras ayudas autonómicas, aunque el importe de estas deberá restarse de la inversión deducible. Así, instalar placas solares no solo supone un ahorro inmediato en la factura eléctrica, sino que permite recuperar una parte significativa del desembolso inicial a través de la declaración de la renta.

Eficiencia

Además de las instalaciones solares, existen otras actuaciones en materia de eficiencia energética que también permiten acceder a deducciones fiscales. Desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2024, se contemplan tres grandes deducciones, cada una con su propio alcance y condiciones:

La deducción del 20% está pensada para quienes han realizado obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en su vivienda habitual o en otra de su propiedad alquilada o en expectativa de alquiler. Es esencial contar con un certificado energético previo y otro posterior a la obra, que avalen dicha reducción. La base máxima de deducción es de 5.000 euros anuales.

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Dichas deducciones se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia.

La deducción del 40% aplica a obras más ambiciosas, como la incorporación de sistemas de aerotermia o aislamiento térmico avanzado, que consigan reducir en al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o bien logren una calificación energética A o B en el nuevo CEE. Este beneficio está disponible para viviendas habituales o alquiladas, y la base máxima anual se eleva a 7.500 euros. Las obras deben finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y el nuevo certificado energético debe emitirse antes del 1 de enero de 2025.

Mientras que la deducción del 60%, la más generosa, se reserva para obras de rehabilitación energética integral en edificios completos o viviendas unifamiliares. Está abierta incluso si la vivienda no es habitual. La clave es lograr, nuevamente, una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar una calificación A o B en eficiencia energética tras las obras. Estas deben completarse antes del 31 de diciembre de 2025 y certificarse antes del 1 de enero de 2026. El tope deducible por ejercicio es de 5.000 euros, pero se puede aplicar durante varios años hasta alcanzar un máximo acumulado de 15.000 euros.

Movilidad eléctrica

El Gobierno también ha querido incentivar la movilidad sostenible, ofreciendo una deducción del 15% en el IRPF por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos.

Para acogerse a esta deducción, es necesario que el vehículo no esté afecto a ninguna actividad económica y que su matriculación se produzca antes del 31 de diciembre de 2025. Alternativamente, también se puede deducir si se realiza un pago a cuenta de al menos el 25% del valor del vehículo dentro del mismo plazo, y se completa la adquisición en los dos ejercicios fiscales posteriores. El vehículo debe figurar entre los modelos incluidos en la Base de Vehículos del IDAE y cumplir con los requisitos técnicos establecidos por el programa MOVES III.

La base máxima de esta deducción es de 20.000 euros, e incluye todos los costes asociados a la adquisición, salvo los que estén subvencionados. El beneficio solo puede aplicarse una vez y exclusivamente a vehículos destinados a uso particular.

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Asimismo, también se contempla una deducción adicional en el IRPF para quienes instalen un punto de recarga para vehículos eléctricos en su vivienda, lo que refuerza el compromiso del Estado con un modelo de transporte más limpio y eficiente.

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