La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera "innecesarios" los mandatos del proyecto de real decreto para reforzar el sistema eléctrico que requieren al supervisor la elaboración de un informe trimestral del control de tensión.
"En relación con los mandatos establecidos a la CNMC sobre supervisión e inspección del control de tensión y de la capacidad de reposición respectivamente, se considera que las modificaciones recientes de los procedimientos de operación (PO) que abordan estos temas, junto con las capacidades de supervisión e inspección de la CNMC hacen innecesario establecer obligaciones periódicas específicas en estas materias", señala.
Esta es una de las conclusiones del informe elaborado por la CNMC sobre le citado proyecto de real decreto de medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico que el Ministerio para la Transición Ecológica llevó a Consejo de Ministros a finales de julio para su tramitación administrativa urgente, después de que el conocido como decreto antiapagón -Real Decreto ley 7/2025- fuera rechazado por el Congreso.
El control de la tensión
En dicho texto se incluían diferentes medidas de supervisión y control dirigidas al cumplimiento de las obligaciones por parte del conjunto de agentes del sector eléctrico. Entre ellas, se proponía potenciar las funciones de supervisión de la CNMC, que tendría que evaluar las obligaciones de control de tensión de los sujetos obligados a prestar el servicio, y elaborar el informe correspondiente, que actualizará cada tres meses.
Asimismo, el proyecto de real decreto incluía que la CNMC en un plazo de seis meses tras la entrada en vigor de dicha regulación debería completar un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición de todos los agentes participantes en el proceso de reposición prestando especial atención a las instalaciones de generación con arranque autónomo, a los ciclos combinados, y a las redes de distribución.









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