La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 100.000 euros a Endesa Energía e Iberdola por rescindir de forma unilateral contratos de gas a consumidores que habían dejado de pagar el suministro.
Tras el impago por parte del cliente, la empresa envió correos certificados al domicilio para comunicar la suspensión del suministro, sin avisar de que además se rescindiría el contrato, argumenta la CNMC, que indica además que la rescisión se produjo sin tener constancia de que el cliente hubiera recibido la comunicación previa de la suspensión de suministro.
Pese a considerar "grave" esta práctica, lo que implicaría una sanción de hasta 6 millones de euros, el regulador rebaja considerablemente la multa al considerar que no se ha producido peligro para la salud de las personas ni perjuicios en la continuidad del suministro. La conducta afectó a un "porcentaje muy bajo" del gas comercializado por Endesa, se ciñe a un "periodo temporal concreto" y el problema se solventó con el pago de la factura, señala.
El regulador también ha decidido archivar una conducta similar por parte de Iberdrola, tras no considerar acreditados los hechos que pudieran justificar una eventual sanción administrativa.
Deja tu comentario
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios