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La Comunidad Valenciana suprime el concurso previo para instalar parques eólicos

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El pleno del Consell ha acordado la modificación del Acuerdo del Consell de 26 de julio de 2001 de aprobación del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana (PECV) para suprimir el instrumento de convocatoria o concurso previo previsto para la construcción y puesta en funcionamiento de parques.

Ese acuerdo exigía que, antes de poder presentar un proyecto para realizar un parque eólico, la Generalitat, a través de la conselleria competente en materia de energía (actualmente la de Economía Sostenible), tenía que realizar una convocatoria pública para la presentación de proyectos en una o más de las 15 zonas en las que se permiten instalar este tipo de centrales eléctricas.

En el Plan Eólico aprobado en 2001 se realizaron dos convocatorias, resueltas en 2003 y 2009, que adjudicaron una potencia aproximada de 2.680 megavatios, y en la actualidad únicamente se ha puesto en servicio un 44% de toda la potencia adjudicada (1.200 megavatios aproximadamente).

La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, ha explicado que el desarrollo de la energía eólica en la Comunitat ha sido muy "desigual", ya que de las 15 zonas eólicas posibles recogidas en el PECV sólo se han desarrollado 9 de ellas y en algunas de éstas el desarrollo ha sido parcial, mientras que en las 6 zonas restantes no ha sido instalado ningún aerogenerador.

En este contexto, el Consell considera necesario eliminar la necesidad de convocatoria o concurso previo porque supone mayores plazos, por la tramitación añadida para la puesta en servicio de nuevos parques eólicos, y porque estaba diseñada de manera que las solicitudes se tenían que presentar por zonas completas, o incluso varias zonas, lo que se restringía a empresas con cierto tamaño empresarial.

Además, las eólicas eran las únicas centrales eléctricas que tenían que pasar por ese concurso previo, ya que este procedimiento no se exige para implantar otro tipo de centrales como las fotovoltaicas, termosolares o ciclos combinados.

Por tanto, la eliminación de la convocatoria como instrumento para el desarrollo de parques eólicos permitirá que, a partir de ahora, puedan presentarse en las zonas aptas para ello, nuevos proyectos eólicos y que éstos puedan ser desarrollados por empresas más pequeñas, según el Consell.

La implantación efectiva de los nuevos proyectos seguirá sujeta a las normas de ordenación del Plan Eólico, que determinan las zonas que son aptas para el desarrollo eólico de nuestro territorio.

Igualmente, los proyectos presentados deberán obtener el pronunciamiento favorable previo a su construcción por parte de los órganos competentes en materia de energía, evaluación ambiental, ordenación territorial y urbanística.

Junto a la supresión de la convocatoria, también se realiza un mandato a las tres Consellerias con competencias en la implantación de parques eólicos para que, en el plazo de 12 meses, realicen una evaluación del actual modelo de ejecución y desarrollo de la energía eólica para proceder a una revisión o reformulación, con la finalidad de continuar aprovechando, en aquellas zonas donde sea viable, el recurso eólico disponible.

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