La 'reforma Ribera' ha traído más novedades aparte de derogar el 'impuesto al sol' y dar vía libre al autoconsumo compartido. El futuro RDL 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que ha sido apoyado por todos los grupos parlamentarios pero con enmiendas, incluye la derogación del artículo 5.1 a) que limitaba la capacidad de potencia de una instalación de autoconsumo.
El artículo decía que "_Las instalaciones de producción acogidas a la modalidad de autoconsumo tipo 2 deberán cumplir, en función de sus características técnicas, lo siguiente: _a) La suma de las potencias instaladas de las instalaciones de producción será igual o inferior a la potencia contratada por el consumidor".
Su eliminación ha sido celebrada en Canarias. "Es una gran noticia" señala Rafael Martell, presidente de la Asociación Eólica de Canarias AEOLICAN, "en Canarias existen desaladoras de autoconsumo eólica desde finales del siglo pasado. Cuando el ex ministro José Manuel Soria aprobó el RD 900/2015 de autoconsumo, estas instalaciones, al tener más potencia eólica instalada que la que tenían contratada, no pudieron adaptarse y quedaron en el limbo legal".
Durante estos tres años, todos los partidos políticos incluso el anterior gobierno, con "el ex secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, nos dieron la razón" de que ese artículo iba en contra del sentido común "y nos prometieron modificarlo, pero nunca lo hicieron", añade Martell.
Las desaladoras en Canarias y alrededor de 7.000 personas afectadas, se encontraban en un callejón sin salida El operador del sistema, REE, ya estaba iniciando las medidas oportunas por incumplimiento del procedimiento de operación de medida, pero al no poderse adaptar, no podían entregar las medidas correctas, "y ya estábamos amenazados de sanciones".
"Uno de los bienes más preciados en las islas es el agua, y las desaladoras realizan una labor fundamental sobre todo en los cultivos agrícolas", explica Daniel Pérez, responsable del servicio jurídico de la comercializadora renovable Holaluz, "durante estos últimos años se instaló autoconsumo eólico para el consumo energético de las desaladoras y así abaratar el coste del regadío de las plantaciones, como el plátano, el tomate o el pepino, por ejemplo".
La opción que les quedaba, con ese artículo ya derogado, era cambiar la producción de eólica por el combustible fósil de antes, el fuel, cuatro veces más caro. Una operación ruinosa. "Lo interesante de este sistema es que las desaladoras no necesitan que se genere energía durante unas horas determinadas al día, cuando sopla el viento la planta realiza su trabajo, y se almacena el agua hasta que se necesita regar", añade el abogado, por lo que el uso de eólica era perfecto, además de los beneficios ambientales.
Pero ¿qué sentido tenía aprobar esa limitación? "El entonces ministro Soria, encargado de la aprobación del RD 900/2015, alegaba que de no hacerlo, se dispararía la especulación en la generación de instalaciones de autoconsumo", explica "pero el kilovatio más barato es el kilovatio autoconsumido, es decir, que nadie te va a pagar por lo que generes lo mismo que pagas por un kilovatio de la red".
El miedo del anterior gobierno no tenía fundamento. "La realidad es que nadie se va a instalar más potencia de la que necesita primero porque a día de hoy no hay balance neto, ni energético ni económico, y aún si fuera así, seguiría siendo más rentable que la instalación se ajustara a las necesidades de autoconsumo, se tardaría aún más en amortizar si lo que se buscara fuera vender el excedente a la red".
No queda duda de que los grandes beneficiados con la derogación del artículo 5.1.a) son las desaladoras que se abastecen de energía renovable pero se abren otras posibilidades en combinación con el autoconsumo compartido. Ahora les toca el turno a los técnicos e instaladores estudiar nuevas opciones.
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