Hace unas semanas la fotovoltaica UNEF ya anunció que iba a presentar un recurso en el Tribunal Supremo para solicitar la suspensión de la subasta de renovables del próximo 17 de mayo y dicho y hecho. El 3 de mayo ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril y las dos resoluciones de 10 de abril de 2017, (convocatoria y procedimientos) de la Secretaría de Estado de Energía.
Solicita la "medida cautelarísima de suspensión" del punto 15.4.c).a.i. del Anexo I de la Resolución de 10 de abril de 2017 donde dice que 'se ordenará de mayor a menor número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia'.
"No pedimos que se suspenda la subasta sino que se suprima solo el criterio de las horas como mérito en el concurso, aunque dependerá del Tribunal Supremo que si admite nuestros argumentos, puede decidir paralizar toda la subasta, porque el recurso es contra las cuatro normativas aprobadas, pero también podría obligar a quitar esa disposición y se podría continuar con el proceso de la subasta", explica a este diario Aida González, responsable de Política Energética de UNEF.
El tiempo corre en contra, ya que en menos de quince días dará lugar la celebración de la subasta, pero según González, "creemos que el Supremo tomará una decisión rápida, de hecho esperamos tener noticias en cuatro o cinco días, tanto si va adelante nuestro recurso como si no".
La patronal fotovoltaica ha reflejado la urgencia en su escrito ya que dice que: "...el cierre de plazo para la entrega de la documentación para la precalificación será “A las 13:00 horas del 11 de mayo de 2017”. Dada la fecha de inicio del procedimiento de subasta es urgente la adopción de la medida cautelarísima, pues de lo contrario el recurso perdería su finalidad...".
Los argumentos presentados ante el Alto Tribunal no son nuevos para la patronal fotovoltaica. Es lo que lleva exigiendo desde que se conocen los detalles del procedimiento. "Los criterios de clasificación para la orden de mérito a la hora de otorgar proyectos no permite la neutralidad tecnológica", explica Aida, "el primero de ellos es el precio, pero si todos los proyectos van a descuento máximo, habría un empate, y es donde entra el segundo, el del número de horas, con una clara ventaja a las empresas eólicas porque el Gobierno ha aprobado unas cifras de funcionamiento sin criterio conocido y sin darrazones consistentes".
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