La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado recientemente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una sociedad del grupo Capital Energy, bajo la defensa del despacho de abogados Ontier, contra la resolución de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico del Principado de Asturias que acordó poner fin a la tramitación administrativa del proyecto de parque eólico Teixo.
Además, una resolución igual ha hecho lo mismo con otro parque eólico.
En este supuesto, el Principado decidió archivar el procedimiento autorizatorio como consecuencia de un informe técnico, emitido por el Ayuntamiento de Taramundi, contrario a la implantación del parque en su territorio.
En la sentencia, la Sala estimó las pretensiones de la entidad recurrente al entender que la implantación del citado proyecto en el concejo de Taramundi no resultaba un uso prohibido, y que la motivación del informe técnico acerca de las distancias a núcleos rurales era insuficiente.
Consecuentemente, dicho órgano judicial declaró la invalidez de la resolución impugnada y ordenó retrotraer las actuaciones para que el Principado prosiga con la tramitación del procedimiento autorizatorio.
Trabas a la tramitación de parques de renovables
Esta sentencia resulta muy relevante para la tramitación de los parques eólicos en Asturias, sobre todo en un contexto como el presente en que diversas entidades locales imponen trabas urbanísticas a esta clase de proyectos que no se encuentran expresamente previstas en sus planeamientos.
Dadas las conclusiones de la Sala en su sentencia, el Principado de Asturias no podrá archivar, como consecuencia de un informe municipal de carácter desfavorable, aquellos procedimientos de autorización de parques eólicos que afecten a concejos cuyo planeamiento municipal no prohíba expresamente la energía eólica.
Esto supone un hito para el despliegue de las energías renovables en el territorio de la región, dado que varios parques eólicos se encuentran en esa misma situación en el Principado.
Asimismo, sienta un precedente que podría incentivar el desarrollo en Asturias de esta clase de proyectos, considerados de interés público superior por la normativa europea, así como su contribución al mix energético asturiano y a la consecución de los objetivos climáticos asumidos por España y la Unión Europea para los años 2030 y 2050.
De hecho, la propia sentencia reconoce esa presunción de interés público superior de las autorizaciones de proyectos de energías renovables, y señala que la Administración debe tener en cuenta el citado principio europeo en su actuación, siendo una sentencia pionera en la aplicación del mismo.
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