El Ministerio para la Transición Ecológica ha aprobado un nuevo marco normativo para el desarrollo de la eólica marina en España. Esta normativa introduce un procedimiento de subastas denominado "de concurrencia competitiva", que otorgará de forma simultánea tres derechos clave para los proyectos de energía marina: el régimen económico de energías renovables, la reserva de capacidad de acceso a la red eléctrica y la concesión prioritaria de ocupación del dominio público marítimo-terrestre.
Este nuevo modelo busca posicionar a España como líder en energías renovables, al tiempo que maximiza el aprovechamiento de los recursos marinos del país. Con él, el Gobierno busca impulsar la instalación de entre 1 y 3 gigavatios (GW) de capacidad de energía eólica marina para 2030.
Subastas "todo en uno"
Uno de los puntos más destacados de la nueva normativa es la integración de varios aspectos en un único proceso de subasta. Las empresas interesadas en desarrollar parques eólicos marinos no solo competirán por el régimen económico, que incluye la tarifa que recibirán por la energía producida, sino también por la reserva de capacidad de acceso en la red de transporte y la concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre, cuya duración se extiende hasta 50 años, un aumento de 20 años respecto al borrador inicial del real decreto.
La concurrencia competitiva estará abierta a todos los proyectos, salvo excepciones específicas para instalaciones innovadoras —eólicas marinas de potencia instalada no superior a 50 MW e instalaciones renovables marinas no eólicas de potencia instalada no superior a 20 MW— y aquellas ubicadas en zonas portuarias de interés general, que quedarán exentas de este proceso.
Transparencia y diálogo
Una de las características distintivas del nuevo modelo es la evaluación de las ofertas recibidas. La normativa establece que las solicitudes serán evaluadas no solo en función de criterios económicos (como el precio ofertado por la energía), sino también por factores no económicos, que pueden representar hasta el 30% de la puntuación final. Estos criterios incluyen aspectos relacionados con el diseño del proyecto, su impacto ambiental y socioeconómico, y su contribución a la innovación tecnológica y el desarrollo de la industria local.
Por ejemplo, se valorarán favorablemente aquellos proyectos que presenten soluciones innovadoras para reducir el impacto ambiental de las instalaciones, así como los que ofrezcan un mayor desarrollo económico y generación de empleo en las comunidades locales. También se evaluarán cuestiones como la compatibilidad del proyecto con otras actividades económicas en la zona, como la pesca, y el compromiso con el desmantelamiento sostenible de las instalaciones al final de su vida útil.
Además, para asegurar la imparcialidad del proceso, se constituirá una comisión técnica de valoración, formada por miembros del Ministerio para la Transición Ecológica y otros departamentos ministeriales competentes. Esta comisión evaluará las solicitudes y publicará un listado provisional de los proyectos aptos y aquellos que hayan sido excluidos del proceso. Los promotores que no resulten seleccionados tendrán la oportunidad de presentar alegaciones antes de que se emita el listado definitivo.
Incentivos y garantías
Otro aspecto clave del nuevo decreto es la exigencia de una serie de garantías económicas y técnicas tanto a las empresas participantes como a las instalaciones que aspiren a ser adjudicatarias. Esto busca asegurar una mayor tasa de ejecución de los proyectos y reducir el riesgo de retrasos o incumplimientos.
Las garantías depositadas para participar en la subasta se devolverán a aquellos solicitantes que no resulten adjudicatarios. Sin embargo, las instalaciones vinculadas a ofertas adjudicadas estarán exentas de presentar ciertas garantías adicionales para la tramitación de permisos de acceso y conexión a la red, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Esto simplifica los trámites burocráticos y unifica requisitos que anteriormente se consideraban redundantes.
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