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Llega la hora de la verdad de la Unión de la Energía: entra en vigor el nuevo reglamento sobre la electricidad

1 comentario publicado

Llega la hora de la verdad en el seno de la Unión Europea. El reto de conseguir una Unión de la Energía ya ha comenzado. Concretamente el pasado día 1 de enero cuando entró en vigor el nuevo reglamento sobre la electricidad.

Pero, ¿qué es esto? Son las nuevas reglas del mercado eléctrico y cómo se tiene que casar la energía eléctrica en los distintos mercados, cómo debe fluir entre los distintos miembros de la UE, cómo debe afectar a los consumidores, teniendo en cuenta dos máximas,: uno, integrando la mayor capacidad de renovables posible, y dos, descarbonizando el sistema eléctrico europeo.

A modo de resumen, estos son los nuevos principios que deben regir en los mercados eléctricos europeos, claro está, incluido el español:

a) los precios se formarán en función de la oferta y la demanda;

b) las normas del mercado alentarán la libre formación de precios y evitarán las acciones que impidan la formación de los precios sobre la base de la oferta y la demanda;

c) las normas del mercado facilitarán el desarrollo de una generación más flexible, una generación sostenible con baja emisión de carbono y una demanda más flexible;

d) se dará a los clientes la posibilidad de beneficiarse de oportunidades de mercado y de una mayor competencia en los mercados minoristas y se les facultará para que actúen como participantes en el mercado de la energía y en la transición energética;

e) la participación en el mercado de los clientes finales y las pequeñas empresas se hará posible mediante la agregación de la generación de electricidad a partir de instalaciones de generación o de la carga desde múltiples instalaciones de respuesta a la demanda para presentar ofertas conjuntas en el mercado de la electricidad y para ser gestionada conjuntamente en la red eléctrica, de conformidad con el Derecho de la Unión en materia de competencia;

f) las normas del mercado harán posible la descarbonización del sistema eléctrico y, por consiguiente, de la economía, permitiendo la integración de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y proporcionando incentivos para la eficiencia energética;

g) las normas del mercado aportarán incentivos adecuados a la inversión en la generación, especialmente a las inversiones a largo plazo para un sistema eléctrico sostenible y sin emisiones de carbono, el almacenamiento de energía, la eficiencia energética y la respuesta de la demanda a fin de satisfacer las necesidades del mercado y facilitarán la competencia equitativa para garantizar así la seguridad del suministro;

h) se eliminarán progresivamente los obstáculos a los flujos transfronterizos de electricidad entre las zonas de oferta o los Estados miembros y a las transacciones transfronterizas relativas a los mercados de la electricidad y los mercados de servicios afines;

i) las normas del mercado preverán la cooperación regional cuando sea eficaz;

j) la generación, el almacenamiento de energía y la respuesta a la demanda seguros y sostenibles participarán en condiciones de igualdad en el mercado, en virtud de los requisitos establecidos en el Derecho de la Unión;

k) todos los productores serán directamente o indirectamente responsables de vender la electricidad que generan;

l) las normas del mercado permitirán el desarrollo de proyectos de demostración de fuentes de energía, tecnologías o sistemas sostenibles, seguros y con baja emisión de carbono que se lleven a cabo y utilicen en beneficio de la sociedad;

m) las normas del mercado permitirán el despacho eficiente de los activos de generación, del almacenamiento de energía y de la respuesta de la demanda;

n) las normas del mercado permitirán la entrada y salida de empresas de generación de electricidad, almacenamiento de energía y suministro de electricidad en función de su evaluación de la viabilidad económica y financiera de sus operaciones;

o) con el fin de permitir a los participantes estar protegidos frente a los riesgos de volatilidad de los precios de mercado y mitigar la incertidumbre sobre la futura rentabilidad de las inversiones, los productos de cobertura a largo plazo serán negociables en intercambios de manera transparente y los contratos de suministro a largo plazo serán negociables en los mercados no organizados, de conformidad con el Derecho de la Unión en materia de competencia.

p) Las normas del mercado facilitarán el comercio de productos en toda la Unión y los cambios regulatorios tomarán en consideración los efectos en los productos y mercados a plazo y de futuros a corto y largo plazo;

q) los participantes del mercado tienen derecho a obtener acceso a las redes de transporte y distribución en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias.

En el enlace adjunto está el nuevo reglamento al completo. Ahí podrán ver en detalle cómo serán a partir de ahora los mecanismos de capacidad, a los que no podrán acudir las centrales térmicas de carbón (+ 550 gr CO2/kWh), así como la creación de los centros de coordinación regionales y cómo deben en conjunto por el bien de todos los ciudadanos europeos.

Además, también retoca cómo debe ser la gestión tanto de la red de transporte como de distribución. En definitiva, un nuevo reglamento con el que se pretende convertir a la Unión Europea en un único mercado de la electricidad. ¿Lo conseguiremos?

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Un comentario

  • Piloto

    Piloto

    07/01/2020

    Lo más importante de todo lo dicho en el posible reglamento sobre la electricidad, siendo importante lo expuesto, es la pregunta del final. ¿Lo conseguiremos?. Será interesante comprobarlo.

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