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Tras el periodo de alegaciones (en Anexo V de este documento), el 27/11/19 la CNMC emitió una nueva circular, modificando en parte la del mes de Julio

Entre las modificaciones que aceptan tras el periodo de consultas, están las siguientes:

  • Simplificar la estructura de peajes de los consumidores conectados en baja tensión con potencia contratada inferior a 15 kW (revisando por tanto los periodos horarios aplicables a los mismos).
  • Mantener el control de potencia de los consumidores de baja tensión con potencia contratada inferior a 15 kW con Interruptor de Control de Potencia (ICP) o maxímetro (en el caso de los suministros no interrumpibles).
  • Mantener el esquema de facturación por potencia demandada vigente para los consumidores sin equipo de medida cuartohoraria.
  • Necesidad de publicar los coeficientes de pérdidas.
  • Ampliar el periodo transitorio hasta al menos 6 meses, manteniendo la facturación de peajes vigentes hasta la entrada en vigor de los nuevos.

Siguen sin conocerse el importe de los peajes (Solo la parte destinada al pago de transporte y distribución), o, los pagos por capacidad que deberían aplicarse.

Tras las alegaciones, las tarifas quedarán así:

Tabla 1 – Esquema de nuevas tarifas propuestas por la CNMC

Paso a desgranar los cambios de tarifa.Para más detalle de lo que comentamos, podéis descargar este Excel, que contiene detalle de los periodos, fórmulas y excesos.

Actuales Tarifas 2.X

Todas las tarifas 2.X actuales (2.0, 2.0DH, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHSA) son tarifas de baja tensión (conectadas a menos de 1 kV), tienen 1 (2.X), 2 (2.XDH) o 3 (2.XDHS) periodos de energía, uno solo de potencia y son para potencias contratadas menores de 15 kW (2.1X) o de 10 kW (2.0X). Los cambios son:

  • Estas tarifas pasan a llamarse 2.0TD.
  • Mantiene los niveles de tensión y de potencia máxima anterior.
  • Cambia a 3 periodos de energía.
  • Cambia a 2 periodos de potencia. Aunque la circular solo especifica que la potencia valle de la 2.0TD será la potencia actual de la tarifa, entendemos que la punta será la misma. Tampoco aparece en circular si se podrán tener dos potencias distintas, aunque entiendo que sí.
  • El control de potencia en estas tarifas se hará como hasta ahora, con limitador de potencia (con o sin ICP en función del contador).
  • En el caso de tener maxímetro, se facturará siempre la potencia contratada, a la que se deben añadir excesos de potencia según la fórmula clásica de las potencias en las tarifas 3.0 actuales (aunque no lo especifica la circular se aplicará el exceso a partir de un exceso superior al 105%).
  • El exceso de reactiva, presente ahora mismo en algunos contratos 2.X desaparece en las futuras tarifas 2.0TD.

Sobre tarifas reguladas no indica nada la circular, pero se entiende que desaparece la PVPC con DH, y DHS y ambas, se integran con la PVPC, que será tarifa 2.0TD y estará “periodificada” como tal.

Tabla 2 – Periodos eléctricos aplicables para energía y potencias (excesos) a la tarifa 2.0TD

Actual Tarifa 3.0A

Tarifa de baja tensión (conectadas a menos de 1 kV), tienen 3 periodos en potencia y energía y alguna de las potencias contratadas deben ser mayor de 15 kW. Los cambios son:

  • Esta tarifa pasa a llamarse 3.0TD.

  • Mantiene los niveles de tensión y de potencia mínima anterior.

  • Cambia a 6 periodos de energía y de potencia, con una única periodificación común a todas las tarifas menos a la 2.0TD.

  • Las potencias contratadas tienen que ser tales que Pn+1 ≥ Pn. Para la migración de potencias:La potencia P1 actual, pasa a ser la potencia P1 en la nueva tarifa 3.0TD.

  • La potencia P2 actual, pasa a ser las potencias P2, P3, P4, P5 en la nueva tarifa 3.0TD. En caso de incumplir el criterio de potencias crecientes, la potencia contratada en los periodos 2, 3, 4 y 5 será igual a la potencia contratada en el periodo 1.

  • La potencia P3 actual, pasa a ser la potencia P6 en la nueva tarifa 3.0TD. En caso de incumplir el criterio de potencia crecientes, la potencia contratada en el periodo 6 será igual a la potencia contratada en el periodo 5.

    <li>El cálculo de los excesos pasa a ser como el que hasta ahora aplica a las tarifas 6.X, con excesos sobre cuarto de hora.

    <li>El exceso de reactiva, se mantiene igual.

Actual Tarifa 6.1

Tarifa de alta tensión, conectadas entre 1 y 30 kV, tienen 6 periodos en potencia y energía y deben tener una potencia contratada en algún periodo superior a 450 kW. Las modificaciones son

  • Esta tarifa pasa a llamarse 6.1TD.
  • Mantiene los niveles de tensión anterior y el número de periodos en energía y potencia (6).
  • Elimina la limitación de que una de las potencias sea mayor de 450.
  • La periodificación cambia como se ha comentado anteriormente.
  • El cálculo de los excesos se mantiene en la forma, aunque han variado los coeficientes de cálculo que ahora son distintos para cada tarifa (ver pestaña Excesos del archivo descargado).
  • El exceso de reactiva, se mantiene igual.

Actual Tarifa 3.1A

Tarifa de alta tensión, conectadas por encima de 1 kV, tienen 3 periodos en potencia y energía y la máxima potencia contratada en sus periodos tiene que ser menor de 451 kW. Esta tarifa desaparece, pasando a integrarse en la futura 6.1TD, con los cambios indicados antes. Para la migración:

  • La potencia P1 actual, pasa a ser la potencia P1 en la nueva tarifa 6.1TD.
  • La potencia P2 actual, pasa a ser las potencias P2, P3, P4, P5 en la nueva tarifa 6.1TD.
  • La potencia P3 actual, pasa a ser la potencia P6 en la nueva tarifa 6.1TD.

Actuales Tarifas 6.2, 6.3 y 6.4

Tarifas de alta tensión conectadas entre 30 y 145 kV, tienen 6 periodos en potencia y energía. Van a migrar a tarifas 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD respectivamente

Tendrán cambios en periodificación, que ahora se unifica para todas como veremos y ligeros cambios para el cálculo de excesos

Periodificación Energía (salvo tarifas 2.0TD)

La periodificación en energía será única para todas las tarifas. La CNMC fija 4 temporadas (alta, media alta, media y baja) y las asigna a varios meses según la zona (Península, Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla).

Tabla 3 – Temporadas Eléctricas propuestas por la CNMC

A cada temporada le asigna un tipo de día (Alta=A, Media Alta=B, Media=B1, Baja=C) que será para los días del mes, salvo sábados, domingos y festivos nacionales no sustituibles, a los que asigna el tipo de día D.

Luego define para cada día, el periodo que será cada hora en función el tipo de día.

Periodificación Potencia

La periodificación en potencia, a fin de facturar los excesos en cada periodo será la misma que la de energía. En la pestaña del Excel que os ofrecemos “Excesos de Potencia” puedes ver detalle de los excesos.

Indica la circular que en los puntos de suministro con equipo de medida tipo 4, se deberán instalar los correspondientes aparatos de medida que registrarán la potencia cuarto horaria máxima demandada en cada período tarifario.

Los equipos de medida Tipo 4 (unos 642.000 € en España) son puntos frontera de clientes con una potencia contratada entre 15 y 50 kW. Ahora mismo no están obligados a incluir medida horaria, y son los gran olvidados del sistema de medidas.

Es por tanto un plan muy ambicioso, y no será inmediata su aplicación. Aunque no lo detalla la circular, de manera transitoria imagino que se aplicarían los excesos como en la tarifa 2.0TD.

Pérdidas

Una de las grandes novedades de esta actualización de la circular es calcular los coeficientes de pérdidas que se deben aplicar con las nuevas tarifas

Los coeficientes de pérdidas para traspasar la energía suministrada en contador a energía suministrada en barras de central son los recogidos en el cuadro siguiente.

Nótese el fuerte incremento que tendrán las tarifas domésticas en las pérdidas, lo que equivaldrá automáticamente en un incremento de precio. Un doméstico actual que paga una media de un 12,75% van a pasar a pagar un 17% (un 33% más). Al que luego se le aplicaría la “K” que calcula Red Eléctrica

Entrada en vigor. Periodo Transitorio

La CNMC indica que la Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Pero debemos de tener en cuenta estos aspectos

  • Las empresas distribuidoras y comercializadoras dispondrán de un periodo de seis meses para la adaptación de los sistemas de facturación a las condiciones definidas en la circular de la CNMC.
  • El plazo empezará a contar cuando la CNMC publique los formatos de comunicación entre distribuidores y comercializadores que deberá aprobarse conforme a esta circular.
  • Durante este periodo de transición las empresas distribuidoras aplicarán los peajes de acceso y condiciones de facturación actuales. La aplicación de nuevos peajes coincidirá con un ciclo de facturación.
  • Las empresas comercializadoras informarán a los consumidores de la nueva estructura de peajes junto con cada una de las facturas que les remitan desde la entrada en vigor de esta Circular hasta la efectiva aplicación de los precios que resulten de la aplicación de la misma.
  • El consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los periodos definidos en la Circular sin coste alguno, independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores.

¿Y ahora?

Pues no está nada claro lo que va a ocurrir, no olvidemos que en Julio de 2014 la CNMC emitió una circular parecida publicada en BOE que quedó en agua de borrajas.

En la actualidad, si hacemos caso al RD 1/2019 del día 11, el Gobierno, de acuerdo a directivas europeas transfirió competencias a la CNMC, una de las cuales era esta, por lo que lo lógico es que les hagan caso

La circular no ha sido publicada en el BOE de manera oficial, en el caso de que se publicara antes de fin de año, tendremos que esperar a que la CNMC publique los formatos de comunicación entre distribuidores y comercializadores (para el autoconsumo ha necesitado meses para hacerlo). Y a partir de entonces empezarán a contar los 6 meses de periodo transitorio

Y, por último: Se han publicado las pérdidas, pero falta por publicar los pagos por capacidad y los peajes de acceso, tanto de energía como de potencia.

Se ha quemado una etapa con el periodo de alegaciones, pero calculo que como mínimo harán falta entre 9 y 12 meses para la puesta en marcha de la circular, incluido el periodo transitorio. Sin embargo, hay quien opina, como mi socio, que nunca se aplicará. Hagan sus apuestas.

Mario Berná es socio de la consultora Ingebau.

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12 comentarios

  • Dabama

    26/12/2019

    A mi me gustaría saber en función de qué se atribuyen esas pérdidas ¿Por qué las tarifas domésticas tienen distintas que 3.0A (o como se llame ahora)? ¿Razón física o económica?
  • Mario

    26/12/2019

    Buenas, viene justificado en la memoria, puedes mirarla en este enlace https://www.cnmc.es/sites/default/files/2765529_2.pdf, en la pagina 95
  • Mario

    26/12/2019

    Está razonado en la Memoria, en este enlace https://www.cnmc.es/sites/default/files/2765529_2.pdf, a partir de página 95
  • Enrique

    27/12/2019

    Ahora que tengo un sistema recien terminado que me enciende y apaga equipos, como el agua caliente o la calefaccion en funcion del precio de pvpc dha se cambia la formar de facturar... toca enterarse de como funciona y volver a programarlo. Sabeis cual es el ID de ree para la nueva tarifa 2.0TD
  • angel

    31/12/2019

    El exceso de potencia que facturarán, ¿será por cada cuarto de hora completo que te excedas? ¿o si tienes un pico inferior al cuarto de hora te facturan el exceso de todo el cuarto de hora?
  • Angel

    01/01/2020

    No sé si reir o llorar.
    En mi comunidad autónoma (Andalucía), o por lo menos en mi zona, TODAS las lecturas que Sevillana Endesa realiza son estimadas. A un servidor le facturan siempre más de lo realmente consumido y solo queda conformarse o reclamar, con el consiguiente trabajo y pérdida de tiempo añadidos.
    ¿Alguien podría explicarme cómo se aplica y cómo se va a poder aplicar una discriminación de consumos en los diferentes periodos, si las lecturas siguen siendo las estimadas por la Compañía?. ¿Quién se puede fiar de estos sujetos que por norma se financian SIEMPRE por la cara de sus propios consumidores?.
    ¿Qué leches hace el ministerio competente a este respecto, que no sanciona como merecerían a la Compañías Eléctricas?.
    Estamos y seguiremos estando, lamentablemente, en manos de auténticos chorizos.
  • Cristobal

    02/01/2020

    Tendrán que poner contadores nuevos que sean capaces de leer los ciclos y saltos horarios. Porque los que hay hoy en día solo te marcan los pasos consumidos y ya está. Salvo que tengas contratada la tarifa nocturna que la compañía te controla o eso dicen desde la central.
    Pero ahora con tanto salto horario como se puede saber si consumo más o menos a una determinada hora y como puedo hacer yo un seguimiento.
    Esto huele a estafa de las compañías que te harán una media y a cagar.
  • Mariano

    05/01/2020

    “Criterio de potencia creciente”
    Tengo decenas de clientes con una Tarifa 3.0A al que ajustamos la potencia a por ejemplo (3/6/15.001) y otros a (3/15.001/2).
    ¿Cómo afectará el cambio en la potencia contratada a estos?
  • Curro

    05/01/2020

    Muchas gracias por esta sencilla y didáctica aportación, teórica, pues me uno a la opinión de su socio.
    Por lo que parece, se ampliarían las horas punta a 8 desde las 6 anteriores y temporada baja ya sólo hay 3 meses en el año. Otro bocaito a las PVPC con DH. Saludos.
    Curro.
  • Alfonso

    09/01/2020

    Ojo al atraco a mano armada, que se ha realizado en la alegaciones, las tarifas 2.0TD seguiran facturando potencia con lo del ICP, es lamentable, que despues de cambiar todo el parque de contadores, se siga facturando la potencia como hace 40 años, cuanto no ganaran con eso. Robo encubierto
  • Curro

    12/06/2020

    Estimado Sr. Berná: Se retrasa la adaptación hasta abril. Espero que no hubiera apuestas con su socio. Saludos.
  • Alex

    25/12/2020

    Para el común de los consumidores, este cambio solo aportará desgracias. Nos convertimos, aún más, con el beneplácito de los políticos untados por las eléctricas, en cautivos de estas. Menos capacidad de controlar el gasto en un galimatías de precios, temporadas, valles y puntas, y recorte en los horarios realmente ventajosos (los baratos) para los usuarios y las familias, y menos opciones para elegir. Esto está hecho con alevosía para exprimir más aún el bolsillo de los indefensos consumidores y engrosar las compañías eléctricas

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