Política energética

La UE acuerda su marco voluntario de certificación de carbono para alcanzar la neutralidad climática en 2050

La CE y el Parlamento buscan facilitar y acelerar el despliegue de actividades de alta calidad de eliminación de carbono y reducción de emisiones

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El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo para establecer el primer marco comunitario de certificación de las absorciones de carbono en la Unión Europea para contribuir a lograr la neutralidad climática de la UE en 2050.

El pacto, que aún debe ser formalmente adoptado por ambas instituciones, establece un marco de carácter voluntario con el objetivo de facilitar y acelerar el despliegue de actividades de alta calidad de eliminación de carbono y reducción de emisiones del suelo en la UE.

La certificación de carbono

Una vez que entre en vigor, el reglamento será el primer paso hacia la introducción de un marco integral de eliminación de carbono y reducción de emisiones del suelo en la legislación de la UE y contribuirá al ambicioso objetivo de alcanzar la neutralidad climática para 2050, como se establece en la ley climática europea.

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El acuerdo amplía el alcance de la regulación a la reducción de emisiones del suelo y mantiene una definición abierta de remoción de carbono, en línea con la utilizada por el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático de la ONU (IPCC).

También diferencia entre actividades de eliminación de carbono y reducción de emisiones según su duración, de modo que incluye, en el largo plazo, la eliminación permanente de carbono --almacenamiento de carbono atmosférico o biogénico durante varios siglos-- y el almacenamiento temporal de carbono en productos duraderos --como la construcción a base de madera-- de una duración de al menos 35 años y que pueda ser monitoreado in situ durante todo el período de monitoreo.

Por otro lado, enumera el almacenamiento temporal de carbono procedente del cultivo de carbono --por ejemplo, restauración de bosques y suelos, gestión de humedales, praderas marinas-- y la reducción de las emisiones del suelo (procedentes del cultivo de carbono), que incluye reducciones de carbono y óxido nitroso derivadas del manejo del suelo y, siempre que dichas actividades den como resultado, en general, una mejora en el equilibrio de carbono del suelo, el manejo de los humedales, la ausencia de labranza y prácticas de cultivos de cobertura combinadas con una reducción uso de fertilizantes.

Los informes de la UE

Estas dos últimas actividades deben durar al menos cinco años para ser certificadas y no deben dar lugar a la adquisición de tierras con fines especulativos que afecten negativamente a las comunidades rurales.

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En 2026, la Comisión elaborará un informe sobre la viabilidad de certificar actividades que resulten en la reducción de emisiones distintas de las relacionadas con los suelos (carbono y óxido nitroso). El informe se basará en una metodología piloto de certificación para actividades que reducen las emisiones agrícolas provenientes de la fermentación entérica y el manejo del estiércol.

Las actividades que no dan como resultado la eliminación de carbono o la reducción de las emisiones del suelo, como la deforestación evitada o los proyectos de energía renovable, no están incluidas en el alcance del reglamento.

Los colegisladores también han acordado excluir la recuperación mejorada de hidrocarburos de las actividades permanentes de eliminación de carbono y aclarar explícitamente que las actividades y operadores en los entornos marinos están incluidos en el ámbito de aplicación del reglamento.

Las nuevas normas se aplicarán a las actividades que tengan lugar en la UE pero, al revisar el reglamento, la Comisión tendrá que considerar la posibilidad de permitir el almacenamiento geológico de carbono en terceros países vecinos, siempre que estos países se ajusten a las normas medioambientales y de seguridad de la UE.

Criterios y procedimiento

El acuerdo provisional mantiene el requisito de la propuesta de la Comisión de que las actividades de eliminación de carbono deben cumplir cuatro criterios generales para poder ser certificadas: cuantificación, adicionalidad, almacenamiento a largo plazo y sostenibilidad.

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Sobre la base de estos criterios, el Ejecutivo comunitario, asistido por un grupo de expertos, desarrollará metodologías de certificación adaptadas a diferentes tipos de actividades de eliminación de carbono, con vistas a garantizar la implementación correcta, armonizada y rentable de los criterios de eliminación de carbono. Los colegisladores también han convenido mantener los elementos clave del proceso de certificación en dos pasos y el carácter voluntario de la certificación y, en cuanto a la sostenibilidad del cultivo de carbono, han añadido indicaciones sobre cómo deben entenderse los objetivos de sostenibilidad, además de exigir que una actividad de cultivo de carbono siempre debe generar al menos un beneficio colateral para la biodiversidad, incluida la salud del suelo y evitar la degradación de la tierra.

Registro

Para garantizar la transparencia del sistema y evitar el riesgo de fraude y doble contabilización de las absorciones de carbono, la Comisión creará un registro público de la UE para las absorciones de carbono y las reducciones de emisiones del suelo, a más tardar, cuatro años después de la entrada en vigor del reglamento.

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