Ya tenemos precios para la tarifa regulada o tarifa de último recurso (TUR) de gas para comunidades de vecino o calderas de gas comunitarias.
La última medida aprobada por el Gobierno comienza a tomar forma, aunque de momento sólo una compañía es la única que informa en su web sobre la conocida como TUR 4.
Según los datos de Baser, la comercializadora de último recurso para el gas de TotalEnergies, el precio para las nuevas tarifas de gas para las comunidades de vecinos se sitúan entre los 7 y los 8 céntimos de euro por kilovatio-hora (kWh), dependiendo del consumo.
Para las tarifas comunitarias se establecerán cinco tipos de tarifas desde la RL 4 hasta la RL 8, que según su consumo al año tiene unos precios u otros.
Cabe recordar que el precio de entre 7 y 8 céntimos es sólo por el consumo de gas y que luego existe un término fijo también función de los consumos. Estos precios son sin impuestos.
Baser es la única de las comercializadoras reguladas en la que ya puedes contratar esta tarifa para la comunidad de vecinos. Las otras tres comercializadoras, controladas por Iberdrola, Naturgy y Endesa, prácticamente ni informan sobre ello a día de hoy.
En comparación con los precios que te puedes encontrar en el mercado libre, pagarías la mitad por el gas que consumes por lo que el ahorro es notable.
Requisitos
Para acogerse a la nueva tarifa de último recurso, se deberán de cumplir las siguientes condiciones:
- La comunidad deberá de estar al corriente del pago de todas las obligaciones económicas contraidas con su actual comercializadora, excluyendo aquellas cantidades que estén sujetas a reclamaciones o discrepancias.
- Las viviendas deberán de disponer a 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefaccion o repartidores de costes.
- Haber realizado en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
- En el caso de solicitar las tarifas comprendidas entre RL.9 y RL.11, se deberá solicitar autorización previa en la Dirección General de Política Energética y Minas a través del registro electrónico.
Cómo solicitarla
La solicitud deberá realizarla el presidente de la comunidad de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios o, un representante de la misma autorizado para usar el certificado digital de la comunidad de propietarios o por la persona responsable de empresa de servicios energéticos que preste servicios a la comunidad.
Por otro lado, se establece un límite de consumo, el cual debe de ser menor o igual a la media de los últimos 5 años del mismo periodo de facturación. Si se superase ese límite, se penalizará con un 25% de coste adicional sobre el término variable o precio de consumo para el consumo que exceda dicho límite.
Aquellas comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios que a fecha 1 de octubre de 2023 no hayan remitido a su comercializadora el certificado de instalación de contadores o repartidores de costes, se les penalizará con un 25% sobre el término variable o precio de consumo a todo el consumo que hayan realizado desde el momento que se inicie el suministro con su comercializadora regulada.
Cesar
02/11/2022