Renovables

Baleares se ‘subleva’ contra Industria y aprueba la concesión de ayudas al autoconsumo

1 comentario publicado

Desoír las consignas gubernamentales en materia energética se ha convertido casi en una práctica habitual entre los responsables del PP balear, y por ello no resulta extraño que el pasado martes, en la Comisión  de Peticiones del Parlamento Europeo, la eurodiputada popular por Baleares, Rosa Estarás, apoyara la petición de la plataforma Change.org,  firmada por más de 45.000 personas y presentada por el abogado Piet Holtrop, que solicita al Parlamento Europeo que “abra una investigación sobre las trabas que España impone al autoconsumo eléctrico, y solicite formalmente a la Comisión Europea que abra un procedimiento de incumplimiento contra España”.

La actitud de Estarás no asombra a nadie porque hace ya mucho tiempo que el PP balear ha apostado firmemente por las energías renovables. El presidente José Ramón Bauzá ha reiterado en sucesivas ocasiones su oposición frontal a que se realicen prospecciones petrolíferas en aguas del archipiélago balear, en contra de la política defendida por el Ejecutivo y que abandera el titular de Industria, José Manuel Soria. Pero es que además, la eurodiputada balear es coherente con la línea seguida por su formación en materia de autoconsumo.

Aunque haya pasado más o menos desapercibido, el Boletín Oficial de Las Islas Baleares del pasado 17 de enero de 2015, publicaba una resolución de la Consejería de Economía y Competitividad de 30 de diciembre de 2014 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública para presentar solicitudes de subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica para autoconsumo dirigida a empresas, asociaciones empresariales, y particulares.

El objeto de esta resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica, para autoconsumo, promovidas por empresas, asociaciones empresariales y particulares que quieran ejecutar este tipo de instalaciones en los edificios en los que realizan sus actividades o, en el caso de las personas físicas, en las viviendas de las que sean titulares

Actuaciones y gastos subvencionables

En el caso de las empresas y asociaciones empresariales, son subvencionables las inversiones en nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica, para autoconsumo, con una potencia mínima instalada de 2 kW, y una potencia máxima de 100 kW.

Una casa con paneles solares.

Cuando se trate  de personas físicas, son subvencionables las inversiones en nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica, para autoconsumo, con una potencia máxima instalada de 5 kW.

Las inversiones que son objeto de la solicitud se tendrán que ejecutar y pagar dentro del periodo que va desde el día 1 de diciembre de 2014 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento, que no podrá ser posterior al 30 de noviembre de 2015.

No son subvencionables las instalaciones que sean obligatorias por aplicación del Código técnico de la edificación, aprobado por el Real decreto 314/2006, de 17 de marzo (BOE nº. 74, de 28 de marzo de 2006), tanto si se trata de obra nueva como si se trata de obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en edificios existentes.

Cuantía de las ayudas

La resolución establecen las cuantías de subvención siguientes: para las solicitudes presentadas por empresas y personas físicas propietarias de viviendas, se establece una subvención del 35% sobre el valor de la inversión. El tratamiento para las asociaciones empresariales es mejor, ya que eleva la subvención hasta el 45% sobre el valor de la inversión.

Los valores de inversión máxima admisible recogidos en la resolución son los siguientes:

  • 1,50 €/ Wp en el caso de instalaciones de generación fotovoltaica
  • 3,00 €/W en el caso de instalaciones de generación eólica
  • La subvención máxima por beneficiario no será superior a 30.000 €.

El plazo que se establece para la presentación de las solicitudes es de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, o hasta que se agote la cuantía económica asignada a esta convocatoria. Es decir, desde el 19 de enero hasta el 19 de marzo.

Las inversiones objeto de la solicitud se tendrán que ejecutar y pagar dentro del periodo que va desde el día 1 de diciembre de 2014 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento, que no podrá ser superior al 30 de noviembre de 2015.

Noticias relacionadas

Un comentario

  • pepe rovira

    pepe rovira

    08/02/2015

    ya era hora, no tardará que alguien pague con la carcel por prevaricación contra las renovables.

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios

Este sitio web está protegido por reCAPTCHA y la Política de privacidad y Términos de servicio de Google aplican.