Renovables

Declarar inconstitucional el 'hachazo' a las renovables costaría hoy unos 7.000 millones y un incremento del 8% del recibo eléctrico

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Sede del Tribunal Constitucional. FOTO: EFE.
Sede del Tribunal Constitucional. FOTO: EFE.

Nunca antes el Tribunal Supremo había puesto en entredicho la reforma energética del Gobierno. Y justo lo ha hecho ahora tras celebrarse las elecciones generales. Curioso. El Alto Tribunal ****ha planteado sus dudas sobre la constitucionalidad de los cambios normativos con los que el Ministerio de Industria dirigido por José Manuel Soria modificó el régimen retributivo a las energías renovables, la cogeneración y los residuos en el marco de la reforma eléctrica.

La sala tercera del Supremo ha dictado una providencia en la que acuerda dar a los que recurrieron estas normativas y al Ministerio Fiscal diez días para que formulen alegaciones “sobre la procedencia de plantear ante el Tribunal Constitucional cuestión sobre la posible inconstitucionalidad” de algunos preceptos de las normativas aprobadas en el marco de la reforma eléctrica del Gobierno.

El Supremo quiere que sea el Constitucional el que se pronuncie al respecto porque ve indicios claros de que la reforma energética del Gobierno sea ilegal. El Supremo cree que en estas normativas se pudieron vulnerar los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima del artículo 9.3 de la Constitución**,** así como los límites de retroactividad de las normas.

Ahora el Tribunal Supremo verá las alegaciones de los recurrentes y de la Fiscalía y las enviará al Tribunal Constitucional que tendrá que tomar una decisión sobre el asunto, es decir, dar respuesta a la cuestión de inconstitucionalidad sobre los principios de seguridad jurídica, de confianza legítima y probar si se han superado los límites de retroactividad en los recortes.

Unos recortes que los recurrentes denunciaron por su extrema retroactividad. El Gobierno decidió aprobar la reforma eléctrica el 12 de julio de 2013. En el Real Decreto 9/2013 el Gobierno aprobó los recortes a todo el sector para acabar con el déficit de tarifa. Industria tomó la decisión de aplicar los recortes a todas las plantas, a las de nueva creación y a las ya existentes. Eso lleva al Supremo a cuestionar si hay retroactividad al aplicarlo a las instalaciones que ya estaban en funcionamiento.

Pero eso no es todo. El Gobierno no sabía cuál iba a ser la cantidad de los recortes. Solo anunció que iban a ser duros, pero que dejaba para otra norma la retribución. Esa regulación llegó casi un año después en forma de Real Decreto, el 413/2014 de 6 de junio, y la posterior Orden Ministerial en el que calculaba los parámetros de la nueva retribución.

Con todo ello, la retroactividad de los recortes fue aún mayor. Un año en el que las plantas estaban obligadas a generar energía sin saber lo que iban a cobrar. Algo que a las centrales de cogeneración dejó sin defensa alguna. Estas plantas utilizan combustible en su proceso de generación, y ese coste es muy alto, como para saber si podían estar más horas o menos funcionando. Al final, muchas de ellas acabaron por tener apagadas las centrales a la espera de conocer su retribución y número de horas.

Tras la publicación del 413/2014 y la Orden el Tribunal Supremo se inundó de recursos, más de 600 con representación de miles de afectados. Y a todo esto, en el Banco Mundial también llegaban los procesos de arbitraje por culpa del hachazo a las renovables.

El pasado mayo, el Tribunal Supremo inició los juicios y poco a poco han ido avanzando en declaraciones de afectados y defensa. Ahora el Supremo duda sobre la constitucionalidad del recorte. Y le dice al TC que se pronuncie al respecto.

**Una papeleta **

Ahora el TC tendrá que explicar y argumentar si hay retroactividad en la reforma eléctrica y si se han vulnerado los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima. Si el TC se pronunciase en contra de la decisión del Gobierno, es decir, que declare inconstitucional la norma, directamente se anularía el decreto. Esta decisión supondría devolver unos 7.000 millones de euros a los productores de energías renovables.

Estos 7.000 millones corresponden a la diferencia entre la retribución anterior al decreto 9/2013, es decir, el famoso 661, y la que se aplicó tras los recortes. Los cálculos de la CNMC han concluido que esa diferencia ronda los 3.000 millones de euros anuales. Teniendo en cuenta el tiempo que ha transcurrido la cifra alcanza los 7.000 millones de euros.

Pero incluso podrían ser más si se tuviese en cuenta, por ejemplo, el impuesto de generación. El caso es que este recorte de 7.000 millones de euros irían contra el sistema, y España volvería de lleno a tener déficit de tarifa, aproximadamente de unos 3.000 millones al año.

Y claro, eso no podría suceder con la actual reforma eléctrica. Para poder hacer frente a este hipotético déficit de tarifa, el Gobierno tendría que subir la luz. Según cálculos de expertos, el recibo eléctrico se encarecería directamente un 8% para poder hacer frente al agujero eléctrico.

Una vez más, los consumidores serían los afectados de una decisión administrativa mal tomada.

Restitución de la seguridad jurídica

Uno de los recurrentes de la norma ante el Tribunal Supremo es la asociación nacional de productores fotovoltaicos Anpier. Su secretario, Juan Castro-Gil, ha asegurado al Periódico de la Energía que "la providencia que hemos conocido supone un paso enorme hacia la restitución de la seguridad jurídica de las instalaciones renovables".

Anpier cree que se trata de una buena noticia para los intereses de los productores fotovoltaicos. "Nos encontramos con que por fin, los magistrados sospechan que el legislador ha sobrepasado con creces la línea roja de la retroactividad y de la violación de la seguridad jurídica. Desde luego son buenas noticias para acabar el año", aseguró.

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3 comentarios

  • Enrique

    23/12/2015

    ¿Y cuánto nos va a costar que sea constitucional el hachazo a las renovables?
    https://elperiodicodelaenergia.com/varias-empresas-presentan-la-demanda-numero-25-contra-espana-por-el-hachazo-a-las-renovables/

    En este tema habría que tener amplitud de miras. No podemos ir más tiempo contracorriente. Las renovables hay que integrarlas en el sistema de una forma sostenible. No pude ser que las eléctricas tengan más de 5.000 millones de beneficio por un servicio público fundamental.
  • Alejandro

    23/12/2015

    "El Supremo cree que en estas normativas se pudieron vulnerar los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima del artículo 9.3 de la Constitución, así como los límites de retroactividad de las normas". Pues claro, lo que mal empieza mal acaba. Y cuando se hace una chapuza, se paga. Pero no por el consumidor, que no tiene responsabilidad alguna: ya es hora de pedir responsabilidades directamente a los altos cargos de la Administración, que toman decisiones con "pólvora del rey". Ese es el paso siguiente.
  • Lucas Lope

    27/12/2015

    Que buena gestión.

    Este es un ejemplo de como gestiona el Partido Podrido. Todo para mi y mis familiares y miseria para el resto.

    Castor, Renovables, aeropuertos, autopistas, centrales de gas, ciudad de la Justicia, de la Ciencia .... que no pare la fiesta ..... que paguen los españoles a escote que yo me voy al consejo de Endesa o Iberdrola

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