El bono social eléctrico, una de las principales herramientas del Gobierno para proteger a los consumidores vulnerables del encarecimiento de la energía, experimenta a partir del martes una nueva reducción en los descuentos aplicados a la factura, aunque mantiene la protección frente al corte de suministro hasta final de año.
Los consumidores considerados como vulnerables son aquellos que cumplen ciertos requisitos de renta (normalmente hasta 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ajustado por el número de miembros del hogar), son familia numerosa, perciban la pensión mínima, o reciban el Ingreso Mínimo Vital, entre otros.
También se considera vulnerabilidad si hay discapacidad, dependencia, monoparentalidad con menores, o electrodependencia y, si la renta anual es igual o inferior al 50% del umbral establecido para consumidores vulnerables, este es considerado como vulnerable severo.
Hasta ahora, los usuarios vulnerables ostentaban un descuento del 50% en su factura eléctrica, mientras que los clasificados como vulnerables severos han recibido una ayuda del 65%, en una batería de medidas adoptadas de manera excepcional para paliar los efectos de la crisis energética derivada de la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022.
En el momento de mayor excepcionalidad en los precios energéticos, los descuentos se incrementaron hasta el 65 y el 80%, unas rebajas que se mantuvieron en el tiempo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Beneficios hasta el final del año
A partir de ahora, y hasta el 31 de diciembre de 2025, los descuentos se reducen al 42,5% para los consumidores vulnerables y al 57,5% para los vulnerables severos, un ajuste que supone una bajada respecto al periodo anterior.
Aun así, estos porcentajes en el bono social eléctrico, un mecanismo que se puso en marcha tal y como se conoce en 2017, se mantienen superiores a los que existían antes de la crisis, cuando los descuentos eran del 25% para vulnerables y del 40% para vulnerables severos.
Pese a esta actualización en los descuentos, se mantiene que los consumidores en riesgo de exclusión social no tendrán que pagarla y no se les podrá cortar el suministro eléctrico en caso de impago temporal.
Además, tampoco se podrá efectuar el corte de la energía si, siendo beneficiario del bono social, se forma parte de una unidad familiar en la que haya al menos un menor de 16 años, una persona en situación de dependencia reconocida de grado II o III o una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.









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