El Gobierno de Aragón acaba de aprobar el Decreto-Ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón. El propósito de esta norma, según se pone de manifiesto en su larga exposición de motivos, es definir el marco jurídico que permita a la Comunidad Autónoma desarrollar su propia política energética.
Esta política energética propia se basa en el consumo de cercanía, tanto residencial como productivo, asociado a las instalaciones de generación de energía eléctrica mediante fuentes de origen renovable existentes en Aragón. Es una clara apuesta por el modelo de la generación distribuida como complemento al modelo tradicional de la generación centralizada, vinculada a las redes de transporte y distribución.
El planteamiento de partida para optar por esta política energética es que en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón se genera mucha más energía eléctrica de la que se consume, buena parte de la cual procede de fuentes renovables, por lo que se considera razonable que una parte de la energía producida se consuma en la Comunidad Autónoma, abaratando el importe de la factura eléctrica de todos consumidores.
Esta reducción de la factura eléctrica se conseguiría a través de los mecanismos que permiten la generación distribuida y favorecería la competitividad de las empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma y a otros consumidores. Este es, sin duda, uno de los grandes objetivos de esta política energética propia, sin perjuicio de otros objetivos de carácter ambiental y social que se pretenden satisfacer con la generación distribuida
Justificar el Decreto Ley
La justificación para aprobar esta disposición legal es que la política energética basada en el consumo de cercanía, por la que apuesta el Gobierno de Aragón, exige la completa trasposición de las Directivas comunitarias en materia de energías renovables y mercado interior de la electricidad, sobre todo en lo que se refiere al fomento de la generación distribuida.
La deficiente e incompleta trasposición que el Estado ha hecho de estas Directivas, es lo que ha determinado que el Gobierno de Aragón haya llevado a cabo esta tarea de trasponerlas para establecer el marco jurídico que le permita desarrollar esa política energética propia. Hay un reproche al Estado por la no trasposición de aspectos relevantes de estas Directivas, como los relativos a líneas directas, autoconsumo, comunidades de energía en sus diversas modalidades, redes cerradas de distribución o agregación de demanda.
Hay que reconocerle al Gobierno de Aragón la habilidad que ha tenido con la aprobación de esta disposición legal de impulsar decididamente el modelo de generación distribuida, presente en las Directivas comunitarias, por el que ya han apostado otros Estados de la UE, reivindicado en España desde hace tiempo por sectores relacionados con las energías renovables, pero que el Estado español por diversas circunstancias no acaba de impulsar.
Es cierto que hay aspectos regulados en las Directivas comunitarias que están pendientes de trasposición a nuestro ordenamiento jurídico, lo que puede suponer una barrera para el desarrollo del modelo de generación distribuida.
Incertidumbre jurídica
Dicho esto, no se puede desconocer la incertidumbre jurídica que provoca la aprobación de este Decreto-Ley. Por un lado, no está claro que las Comunidades Autonomías -incluida la de Aragón- tengan competencias para regular buena parte de las cuestiones reguladas en este Decreto-Ley.
Conviene recordar que el Estado ha iniciado ya los trámites para regular algunas de las materias que regula esta disposición legal: se ha redactado un proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el procedimiento y los requisitos que deberán cumplirse para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerrada, informado por la CNMC, y se ha sacado a consulta pública previa la regulación de las comunidades energéticas locales.
Existe, pues, un claro conflicto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón en la regulación de estas materias, que probablemente acabará ante el Tribunal Constitucional.
Por otro lado, es discutible también que concurra en este caso una situación de extraordinaria y urgente necesidad que justifique la aprobación de un Decreto-Ley. La aprobación por el Gobierno de esta disposición legal impide la participación pública en la regulación de estas materias.
Asimov
03/04/2023