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El Gobierno aprueba nuevas medidas para prevenir la contaminación de los buques marítimos

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El Consejo de Ministros ha aprobado seis Acuerdos por los que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2014 a los Convenios Internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar y para prevenir la contaminación de los buques, así como al Código Internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros.

En cuanto a la prevención de la contaminación de los buques, se aprueban varias enmiendas relacionadas con el Convenio Internacional de 1973.

El primer grupo de enmiendas se refiere al Anexo del Protocolo de 1978, en particular a las prescripciones relativas al instrumento de estabilidad que ha de llevarse a bordo. Son las siguientes:

  • Se incorpora la prescripción de que determinados petroleros dispongan de un instrumento de carga, aprobado por la Administración, cuya función será determinar la estabilidad intacta y la estabilidad en avería.
  • Se determinan los casos en los que la Administración pueda dispensar de llevar dicho instrumento de carga.
  • Se incluyen modificaciones en el suplemento del Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos para petroleros. Un segundo paquete de enmiendas afectan al mismo Anexo del Protocolo de 1978 para conferir carácter obligatorio a la utilización del Código III, lo que tiene por objeto incrementar la seguridad marítima y la protección del medio marino en todo el mundo y ayudar a los Estados a implantar los instrumentos de la Organización Marítima Internacional.

Además, se enmienda el Anexo del Protocolo de 1997 sobre el mismo Convenio con el fin de conferir carácter obligatorio a la utilización del Código III para la implantación de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional y de alcanzar los siguientes objetivos:

  • Implantar nuevos criterios de emisiones de óxidos de nitrógeno en función de la fecha de construcción del buque y de la zona de operación.
  • Ampliar los tipos de buques a los que se aplican reglas de eficiencia energética.
  • Introducir modificaciones al modelo de certificados IAPP exigido en el Anexo VI del Convenio MARPOL.

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