¿Qué tiene que ver el autoconsumo con la gestión de la interrumpibilidad? Pues mucho. Varias plantas industriales tienen instalaciones de autoabastecimiento eléctrico con las que cubren sus necesidades energéticas.
Otras tienen plantas asociadas, en su mayoría de cogeneración, para cubrir esas necesidades y de paso vender los excedentes en el mercado eléctrico. Y luego están las grandes plantas que directamente cubren sus necesidades con la electricidad que compran en el mercado, sin tirar de instalación de generación alguna.
Pues bien, el pasado viernes sorprendió el Gobierno con una resolución con la que modifican una normativa sobre la gestión de la interrumpibilidad que cambia radicalmente los requisitos de los proveedores de la interrumpibilidad eléctrica, es decir, las grandes industrias electrointensivas, a la hora de llevar a cabo las órdenes de ejecución de potencia de sus plantas.
Un Gobierno en funciones ha cambiado una normativa con una simple resolución en pleno mes de agosto que ha dejado a las industrias con plantas de autoconsumo discriminadas frente a aquellas industrias que poseen alguna planta asociada.
De esta manera, el Gobierno ha modificado el procedimiento de operación 15.2 "Sistema de gestión de la demanda de interrumpibilidad (Orden IET/2013/2013)". Dicha modificación consiste en un cambio en el apartado 7.2.
En el caso de proveedores del servicio de interrumpibilidad con instalaciones de generación asociadas, "durante la ejecución de una opción de reducción de potencia o en caso de activación del relé de deslastre por subfrecuencia, la instalación de generación deberá mantener su producción de acuerdo a su previsión de programa de participación en el mercado, con un desvío máximo a la baja del 5 por ciento", dice la resolución.
Hasta ahora, las plantas asociadas, en su mayoría de cogeneración, en las grandes plantas industriales (papel, sobre todo) no podían desviarse ni una décima porcentual. Como muchas de estas plantas han tenido problemas para cumplir el requisito, el Gobierno ha cedido y les otorga un 5% de desvío para el ejercicio de 2017.
Pero esta medida adoptada por el Gobierno discrimina al resto de industrias que no tienen plantas asociadas. Es decir, las industrias que solo poseen instalaciones de autoconsumo y las que no poseen ningún tipo de instalación de generación eléctrica, que no podrán desviarse ni una décima durante las órdenes de ejecución de la interrumpibilidad que se realizan durante el año.
"En el caso de sujetos que estén acogidos a una modalidad de autoconsumo al amparo del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, se entenderá por programa de participación en el mercado de su instalación de generación asociada el programa de generación neta comunicado al operador del sistema", asegura la resolución. Es decir, que no podrán desviarse el 5% que sí pueden hacerlo otras.
Energía para todos
16/08/2016