Como El Periódico de la Energía adelantaba hace unos días, el Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado declarar extinguido el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Extremadura contra la disposición transitoria segunda del Real DecretoLey 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico, y que fijaba las horas equivalentes de referencia para las instalaciones de tecnología solar fotovoltaica.
El TC vuelve a tirar por la vía rápida y, de momento, sin ningún tipo de explicaciones, ya que se limita a declarar "extinguido" el recurso. La decisión del Constitucional sobre el primero de los cinco recursos planteados desde 2011 en materia energética por la Junta viene recogida en un auto de 22 de julio, que aún no ha hecho público, según indica una disposición del Alto Tribunal en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado sábado 26 de julio.
El Consejo de Gobierno del Gobierno de Extremadura acordó la presentación del recurso el 16 de septiembre de 2011, debido a "los perjuicios económicos" que entendía el Ejecutivo de José Antonio Monago que causaba el real decreto al sector fotovoltaico extremeño, y que el consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri, cifró entonces en unos 70 millones de euros. El consejero señalaba en 2011 que la comunidad se veía "verdaderamente perjudicada" con el régimen transitorio establecido para los años 2011, 2012 y 2013 y con la equivalencia de horas establecida. En concreto, criticaba que su aplicación equivalencia de las horas solares a todas las comunidades y que con ello la comunidad extremeña "se siente gravemente perjudicada" al ser una región con mayor número de horas solares.
Tras promover esta apelación, la comunidad ha presentado al Alto Tribunal otros cuatro recursos de inconstitucionalidad relacionados con el sector energético.
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